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¿Quién puede pedir cita previa para que la Agencia Tributaria le haga la declaración de la Renta?

La campaña de la Renta es la cita anual en la que cada año millones de contribuyentes tienen que rendir cuentas a Hacienda. Esta comenzó el pasado 3 de abril y, aunque ya han sido muchos los que han presentado sus declaraciones del IRPF y Patrimonio, el resto de personas todavía tendrán hasta el 1 de julio para presentar la declaración de la Renta.

Los españoles tienen varias vías para presentar la declaración, sin embargo, son muchos los que prefieren esperar para hacerla presencialmente o por teléfono con la ayuda de la Agencia Tributaria y así asegurarse de que la declaración presentada no contiene errores.

Desde el 29 de abril y hasta el 28 de junio se podrá solicitar cita previa para que la Agencia Tributaria confeccione la declaración de la Renta de los contribuyentes por teléfono. Una vez solicitada, se podrá confeccionar la Renta vía telefónica a partir del 7 de mayo hasta el final de la campaña.

Asimismo, aquellos que quieran hacer la declaración presencialmente en una oficina de la Agencia Tributaria podrán solicitar una cita desde el 29 de mayo. La fecha para confeccionar la declaración por esta vía será a partir del 3 de junio y hasta el 1 de julio.

¿Quiénes pueden pedir cita para que la Agencia Tributaria les confecciones su Renta?

Podrán solicitar cita previa para confeccionar la declaración de la Renta –por teléfono o en oficinas– aquellos contribuyentes que hayan obtenido en 2023:

  • Rendimientos del trabajo, con el límite de 65.000 euros anuales.
  • Rendimientos del capital mobiliario, con el límite de 15.000 euros anuales.
  • Rendimientos del capital inmobiliario con el límite de dos bienes inmuebles alquilados o contratos de alquiler.
  • Rendimientos de actividades empresariales en módulos (con sus subvenciones).
  • Ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta (derechos de suscripción, fondos de inversión salvo si calcula su base de retención por el art 97.2 RIRPF, y premios). Ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión (incluso la vivienda habitual y excluidas las de bienes adquiridos por herencia o donación), con el límite de 2 transmisiones. Renta básica de emancipación, subvenciones (salvo de actividades económicas) y resto de ganancias y pérdidas patrimoniales (sin transmisión).
  • Imputación de rentas inmobiliarias.
  • Todas las rentas anteriores en el régimen de atribución de rentas (con el límite según su naturaleza).

Asimismo, la Agencia Tributaria explica en su página web que también se realizan declaraciones con:

  • Compensación partidas pendientes de ejercicios anteriores.
  • Rentas exentas con progresividad.
  • Regularización clausulas suelo.
  • Deducción por doble imposición internacional.
  • Rectificaciones y complementarias del ejercicio 2023 (con los límites generales establecidos).
  • Con atención a circunstancias excepcionales.

¿Cómo se puede pedir cita para hacer la declaración de la Renta?

Los contribuyentes que estén interesados en que la Agencia Tributaria confeccione su declaración de la Renta deberán solicitar la cita previa por Internet, por la aplicación de la «Agencia Tributaria» y por teléfono a través de los números 915357326 o 901121224 (servicios automatizados) o llamando a 915530071 o 901223344 (de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 horas).