En concreto, se han fijado unos servicios mínimos de un 75% como máximo en las horas punta de Cercanías y del 50 % para las horas valle. Además, el decreto de servicios mínimos ha fijado un 65% de operación en los trenes de media distancia, un 78% en alta velocidad-larga distancia y un 25% en trenes de mercancías.