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Adiós al sinsentido de la regla de gasto

Público.es

El anuncio de la injustificada intervención de las cuentas del Ayuntamiento de Madrid por parte del Ministerio de Hacienda ha llamado la atención de mucha gente sobre el sinsentido de la denominada “regla de gasto”. Aunque parece compleja por las consecuencias absurdas que conlleva, la regla es en realidad fácil de entender: impide que los entes locales puedan incrementar su gasto por encima del crecimiento, pasado y previsto, del PIB, incluso aunque presenten superávit en sus cuentas y bajo nivel de deuda. Este es el caso de Madrid, que no sólo ha mantenido sus ingresos sistemáticamente por encima de los gastos, sino que ha reducido la deuda que le dejó el anterior consistorio del PP en hasta un 40% en apenas un par de años. La intervención dictada por Montoro es una intromisión sin fundamento económico, ni jurídico. No obstante, sí era esperable porque su único objetivo es evitar que los casos de gestión exitosa por parte de los ayuntamientos del cambio se conviertan en ejemplo de alternativa de país.

Uno de los principales objetivos de los últimos gobiernos ha sido convertir la austeridad fiscal, una política económica fallida, en una obligación legal. El primer paso dado en ese sentido fue la reforma del artículo 135 de la Constitución, pactada por PSOE y PP en 2011, que dio prioridad al pago de la deuda por encima de cualquier otro gasto público. En 2012, el Gobierno del PP aprovechó su mayoría absoluta para aprobar la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), en la que se concreta el mandato del 135. Todo ello ha dado lugar al establecimiento de un “techo de gasto” público cada vez más bajo para la Administración General del Estado; a una reducción forzada del déficit de las Comunidades Autónomas, que son las que tienen bajo su competencia los servicios públicos más importantes; y a una severa aplicación de la denominada “regla de gasto”, que impide que los ayuntamientos, cuyas competencias son también esenciales para el bienestar de la ciudadanía, puedan utilizar los superávit presupuestarios que han logrado en otra cosa que no sea la devolución de la deuda.

Esta priorización del pago de la deuda y, en general, de las políticas de austeridad se encuentra completamente injustificadas. Antes de la crisis, España era uno de los Estados de la Unión Europea (UE) que menor porcentaje de deuda pública tenía, un 35,6% sobre el PIB, muy por debajo del límite del 60%. El incremento de la misma que se produjo después fue consecuencia de la activación de los “estabilizadores automáticos”-la reducción automática de los ingresos públicos y aumento automático del gasto público debido a la caída de la actividad económica- así como de la carga del rescate bancario. Por otro lado, ni la reforma del artículo 135, ni la aprobación de la LOEPSF explican, como nos quiere hacer creer el Gobierno, el descenso de la prima de riesgo que ha tenido lugar durante los últimos años. Dicho descenso solo ha sido posible gracias al programa de compra de títulos de deuda pública implementado por el Banco Central Europeo. Al incrementar la demanda de estos títulos, ese programa ha reducido los tipos de intereses que soportan los estados europeos, incluido el nuestro.

A pesar de que la austeridad lo único que han conseguido es que nos convirtiésemos en uno de las economías que más tarde ha recuperado sus niveles de PIB, el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro se ha obstinado en convertirse en el paladín de los recortes, poniendo en marcha una cruzada contra los ayuntamientos en la que ha utilizado la regla de gasto como principal arma. Para ello no ha dudado en amenazar con la aplicación de injustificables medidas  coercitivas y de control que la LOEPSF establece contra los ayuntamientos que la incumplan, con especial fijación en aquellos que no son de su color político.

Además, la regla de gasto es cuestionable debido a varias razones:

  1. Por lo inexactas y volátiles que resultan las previsiones del PIB en las que se basa su cálculo;
  2. Porque su aplicación implica una pérdida continuada de peso del gasto público municipal sobre el PIB y, por lo tanto, supone un obstáculo para incrementar el gasto público social, en un contexto de infradesarrollo del Estado de bienestar español;
  3. Porque supone un agravio comparativo para los EELL frente a la administración central, que está exenta de justificar su propio cumplimiento de la regla de gasto y que, a diferencia de los ayuntamientos, tiene permitido incurrir en déficit.

De hecho, los ayuntamientos han sido los que han permitido a Montoro cuadrar sus cuentas para cumplir con los objetivos de déficit impuestos desde la UE. Sólo en 2016, las cuentas locales se cerraron con un superávit del 0,6% del PIB, mientras que las Comunidades Autónomas presentaron un déficit del 0,8% y la Administración Central un desequilibrio del 2,7%. De hecho, los ayuntamientos han logrado un nivel de deuda -2,9% del PIB- inferior al límite del 3% que se les asigna en el artículo 13 de la LOEPSF. Esto lo han conseguido, eso sí, a costa de verse obligados a ampliar la diferencia en el superávit que mantienen en comparación con el promedio de la Unión Europea -0,6% del PIB en el caso de los EELL españoles vs. 0,1% de media europea-. De este modo, no han encontrado nada más que obstáculos en su intento de acercarse al grado de prestación de servicios públicos de su competencia presente en el resto de Europa.

La propia AIReF (Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal), entidad creada a instancias del artículo 135 y encargada de supervisar el cumplimiento de los objetivos de déficit, se ha declarado “incapaz de evaluar la regla de gasto” y ha reclamado su reforma para aplicarla como hacen otros países de la Unión Europea. En ellos, la regla de gasto se aplica al conjunto de las administraciones públicas, no a cada una de ellas por separado, como en nuestro país; es un indicador más del objetivo de estabilidad presupuestaria a medio plazo, no un objetivo anual de obligado cumplimiento, como aquí; y su incumplimiento no conlleva sanciones, como las que Montoro se empeña en aplicar a nuestros ayuntamientos.

Para hacer frente a este sinsentido, el Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, en colaboración con los ayuntamientos del cambio, hemos presentado una proposición de ley en la que proponemos una modificación de la regla que demandan los ayuntamientos de todo el país. Nuestra propuesta permitiría que los EELL que presentan equilibrio o superávit en sus cuentas, que tienen un nivel de endeudamiento controlado y que cumplen con el periodo máximo de pago a los proveedores, puedan reinvertir su superávit en garantizar la prestación de los servicios públicos de su competencia, en vez de verse obligados a utilizar sus ingresos extraordinarios en devolver la deuda.

Su aprobación permitiría tanto repartir más equitativamente la carga de la consolidación fiscal entre administraciones, como hacer converger a nuestra regulación con la del resto de la Unión Europea. Pero, sobre todo, haría posible que los ayuntamientos sigan contribuyendo a la cobertura de las múltiples necesidades económicas y sociales que, después de una década de crisis y recortes, sigue teniendo la ciudadanía.

La Proposición fue admitida a trámite en el Congreso gracias a la incompetencia del Gobierno, que registró 4 minutos fuera de plazo el veto que utiliza recurrentemente y  de manera fraudulenta para evitar que ni siquiera se debatan las propuestas de otros grupos parlamentarios en el Congreso. Este error del Gobierno permitió que los grupos de oposición en la mesa del Congreso rechazaran ese veto y que hoy se vaya a discutir su toma en consideración. Previsiblemente, saldrá adelante con el mismo apoyo que han tenido las iniciativas parlamentarias anteriores que pedían la modificación de la regla en la misma línea de lo que se plantea en la proposición que se debate hoy. Si después de la toma en consideración conseguimos superar las artimañas dilatorias que seguramente utilizará el Gobierno en el periodo de enmiendas y, en su momento, llega a aprobarse, esta proposición de ley sería un paso clave para desmontar ese injusto e ineficaz marco legal impuesto por el artículo 135, evitar que el Gobierno siga atacando a los ayuntamientos y degradando esos servicios públicos y ganar una importante batalla de los ayuntamientos frente a Montoro.

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Segundo González García
Diputado de Unidos Podemos en el Congreso de los Diputados
Ricardo Molero Simarro
Doctor en Economía por la Universidad Complutense de Madrid

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