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Ante la refinanciación del Santander de los préstamos para la macro ampliación del Popular

Además, el Santander cobrará un 29% en caso de morosidad de esta refinanciación. El Supremo ya ha señalado en varias ocasiones que el interés de demora no puede superar el tipo de interés remuneratorio pactado más dos puntos. Hacerlo por encima de esta cifra sería abusividad y por lo tanto sería nulo. Así lo ha señalado el Supremo en múltiples ocasiones: Sentencia 265/2015, de 22 de abril y las sentencias 705/2015, de 23 de diciembre , y 79/2016, de 18 de febrero.

La alta tasa de morosidad impuesta por el Santander no hace sino poner de manifiesto el apetito voraz del banco, incurriendo además en nulidad.

Todo ello por una colocación que se hizo sin la debida transparencia, con unas cuentas maquilladas, a clientes inexpertos y sin la debida información sobre los riesgos de la operación.

Aunque el Santander trate de derivar la responsabilidad al BCE, es obvio que es el banco cántabro quien hereda las responsabilidades del banco intervenido por lo que recomendamos a los afectados que reclamen al Santander por la opacidad de la macro ampliación del Popular.