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Cinco claves que los accionistas y bonistas del Banco Popular deben saber para poder recuperar su inversión

1. Qué ha ocurrido
  • En Mayo de 2016 se anuncia por el Banco Popular una ampliación de capital que según palabras textuales del entonces Presidente Ángel Ron, estaba “totalmente garantizada y que unida a una política de desinversión inmobiliaria, producirá que en el 2017 se pueda volver a una política de dividendos normalizada”

  • El 11 de junio de 2016 se cierra dicha ampliación por un total de 2.500 MM €.

  • El 3 de abril de 2017, se comunica a la CNMV en un Hecho Relevante que las cuentas utilizadas para realizar la ampliación no eran correctas con un desfase total de 630 MM €.

  • El 11 de mayo ante la noticia difundida por un medio digital de que la entidad estaba en riesgo de quiebra y se esteban produciendo fugas de capital , la entidad emite un nuevo Hecho Relevante desmintiendo dicha información y afirmando que “desmiente categóricamente que: exista un riesgo de quiebra del Banco”

  • El pasado día 6 de junio y debido a la situación en la que se encontraba el Banco Popular (BP), el Banco Central Europeo, a través del Mecanismo Único de Resolución (MUR), declara inviable la continuidad del BP y encarga al FROB, con el consentimiento del Gobierno de España, la venta de dicha entidad financiera.

  • Como ya es sabido, el Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y el FROB, en aras a garantizar la estabilidad financiera, y evitando el desplome total de la acción, deciden poner a la venta el BP, el cual es adquirido por el Banco Santander por 1€.

  • Desde el pasado día 7 de junio, el Banco Santander es propietario de todas las acciones e instrumentos de capital del BP. Las acciones se han amortizado, careciendo de valor alguno.

2. Quiénes pierden su inversión y quiénes no están afectados

I. Pierden su inversión

  • Los algo más de 300.000 accionistas.

  • Los titulares de Bonos Convertibles Contingentes, (CoCo´s). Según los datos facilitados por la propia entidad, se emitieron en 2013 por valor de 500 millones y en 2015 por importe de 750 millones. Al transformarse en acciones, carecen de valor.

  • Los titulares de los Bonos Convertibles en acciones que se emitieron en el año 2009 y 2012, a los que se les canjearon los bonos por acciones en noviembre de 2015.

  • Los titulares de Deuda Subordinada, que alcanza un importe de 684 millones.

II. No se ven afectados

  • Los titulares de depósitos.

  • Fondos de inversión.

  • Fondos de pensiones.

  • Advertir que aquellos clientes que mantienen alguna obligación financiera para con el BP, tales como préstamos, hipotecas, etc., no se verán afectados.

3. ¿Qué afectados pueden recperar su inversión?

I. Los accionistas que suscribieron en la ampliación de capital realizada en mayo de 2016 podrán reclamar la inversión realizada, sobre la base de que la información facilitada para dicha ampliación contenía unas cuentas incorrectas, que pudieron inducir a error a los inversores.
II. Los inversores minoristas a quienes les comercializaron los Bonos Convertibles bajo la apariencia de productos de renta fija.
III.LEAN Abogados no descarta la posibilidad de que los inversores de anteriores ampliaciones de capital efectuadas por el PB pudieran también reclamar la perdida de la inversión.

4. Cuáles son los pasos a seguir

Desde LEAN Abogados recomendamos a los afectados lo siguiente:

  1. Contactar cuanto antes con un despacho especializado para poder exponer el caso. Es importante analizar con detalle cada supuesto.
  2. Se deberá inicialmente realizar una reclamación ante el servicio de atención al cliente (SAC) de la sucursal donde se suscribió el producto o las acciones, reclamando la devolución de la inversión.
  3. En el caso de que esta reclamación no prospere, se deberá presentar una demanda individual, por la vía civil.

5. Qué plazo hay para reclamar

El plazo para reclamar dependerá de cada caso:

  • Si se acudió a la ampliación de capital de mayo de 2016, el plazo más restrictivo para reclamar finalizaría el próximo mayo de 2019.

  • Si se es titular de acciones como consecuencia del canje de Bonos Convertibles, el plazo será de 4 años desde dicho canje.

LEAN Abogados ha formado una plataforma de afectados y ha puesto a su disposición un teléfono gratuito 900 102 722 para poder atender todas las dudas que nos planteen. También dispone en su página web www.leanabogados.com de un blog y un apartado de prensa, donde publica mucha información de interés sobre este asunto.

LEAN Abogados, cuenta con más de 10 años de experiencia en derecho bancario, habiendo defendido con éxito a más de 10.000 clientes por toda España. Cuenta en la actualidad con sedes en 16 provincias de España y colaboradores en otras 15 provincias más, por lo que ofrece un servicio personalizado con cobertura en toda España.