Inicio Actualidad Económica ¿Cómo ahorrar en el IRPF?

¿Cómo ahorrar en el IRPF?

A pocas semanas de que acabe el año, todavía es posible ajustar los ingresos para rebajar lo que tendremos que pagar en el impuesto de la renta (IRPF) que se presentará la próxima primavera. Más de 4.600 euros de media se pueden ahorrar si se apuran al máximo las deducciones y ventajas fiscales antes de que acabe el año, según el sindicato de técnicos de Hacienda, Gestha. Planes de pensiones y la vivienda habitual, si se compró antes del  1 de enero del 2013 son los principales instrumentos para rebajar costes; a los que se suma la compra de acciones de empresas de nueva creación.

91.408 son los que sacan más ventajas

Aunque las ventajas fiscales son para todos, «la realidad demuestra que son los contribuyentes con mayores ingresos y patrimonio quienes pueden aprovechar al máximo las deducciones y otros beneficios previstos en el IRPF», destaca el sindicato de técnicos de Hacienda. En concreto se trata de 91.408 contribuyentes que declaran ganar más de 150.000 euros anuales. El mismo colectivo asegura que «a una buena parte del 96,4% de los declarantes de IRPF que ganan menos de 60.000 euros no le conviene invertir hasta el límite máximo de las deducciones disponibles porque no aprovecharía las cuantías deducibles que superan su carga real del IRPF». Estos profesionales recuerdan que la reforma fiscal del 2015 con el PP «benefició, sobre todo, a las rentas altas». 

Tener en cuenta las retenciones

El ahorro medio que se puede obtener es de 4.635 euros, para lo que, en todo caso, habrá que tener dinero ahorrado. En todo caso, antes de tomar decisiones hay que conocer el ahorro fiscal máximo que se puede lograr con la carga fiscal real del IRPF, es decir, el importe de la cuota resultante de la autoliquidación, ya que Hacienda solo devuelve las retenciones. Una vez hecha esa estimación, el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) recuerda las principales vías para abaratar la factura tributaria: «amortizar préstamo si puede aplicar la deducción por adquisición de vivienda, aportar a sistemas de previsión social para reducir su base hasta en 8.000 euros y compensar pérdidas y ganancias de transmisiones».   

Hasta 45 céntimos por cada euro 

En un plan de pensiones se pueden ahorrar en el IRPF hasta 45 céntimos por cada euro invertido. La aportación máxima deducible es de 8.000 euros anuales (con el tope del 30% de la suma de los rendimientos del trabajo  y actividades económicas), que pueden aportarse a lo largo del ejercicio o de una vez antes de las 00.01 horas del 1 de enero. El efecto fiscal es el mismo. Es importante valorar si se da más importancia a la rebaja fiscal inmediata -que no es más que el diferimiento del pago de impuestos cuando llegue la jubilación– o la escasa rentabilidad, en general, del producto. Algunos estudios demuestran que, a largo plazo, se obtiene más rentabilidad con la inversión directa en la bolsa o en deuda que mediante este instrumento de previsión social. En todo caso, Gestha destaca que invertir otros 6.305 euros para alcanzar el límite deducible garantiza un ahorro fiscal de 1.513 euros de media. El ahorro adicional varía según los ingresos y la autonomía de residencia. De todas formas, a igualdad de aportación, «la ventaja para la rentas más altas es casi del doble que para las rentas medias», alertan.    

Apurar al máximo la hipoteca

Los titulares de viviendas adquiridas o para las que se realizó algún pago para su construcción antes del 1 de enero del 2013 pueden seguir disfrutando de la deducción por vivienda habitual. Se pueden deducir el 15% de las cantidades destinadas a pagar la hipoteca con el límite de 9.040 euros (18.080 en parejas que presentan la declaración por separado). Según los cálculos de Gestha, con un pago adicional de 4.616 euros, si es que no se ha alcanzado ya el límite, se puede reducir la factura fiscal en 692 euros. Hay que tener en cuenta que están exentas de tributar las plusvalías por la venta de la vivienda habitual de los mayores de 65 años o personas personas con grandes dependencias. También exentas las ganancias  que obtengan los mayores de 65 por la venta de cualquier otro tipo de bien siemper y cuando destinen el importe total ingresadoa constituir una renta vitalicia, hasta el límite de 240.000 euros.      

Usar pérdidas para rebajar ganancias

Las inversiones no solo llevan aparejadas ganancias si no pérdidas o minusvalías. El final del año es un buen momento para hacer números y ver si sale a cuenta aflorar pérdidas en inversiones en bolsa o fondos de inversión para reducir la carga tributaria de las ganancias o plusvalías obtenidas. Desde el 2015 se pueden utilizar con rendimientos negativos del capital mobiliario para rebajar la factura de las ganancias patrimoniales. A su vez, los rendimientos positivos del capital mobiliario pueden emplearse para neutralizar la tributación de ganancias patrimoniales por la venta de acciones y otros productos. 

Comprar títulos de compañías nuevas 

Una de las principales novedades es la deducción por inversión en empresas nuevas o de reciente creación, con mayores incentivos para este tipo de operaciones. Aumenta del 20% al 30% la deducción por las inversiones de este tipo en la parte estatal del IRPF. También se incrementa la base máxima de deducción anual de los 50.000 euros a los 60.000. El límite en la participación en la empresa, junto con el cónyuge y familiares hasta el segundo grado, es del 40% del capital. Los fondos propios de la compañía en la que se invierte no pueden superar los 400.000 euros. La plusvalía por la salida del capital de la sociedad está exenta de tributar siempre que se reinvierta en una sociedad del mismo tipo. Esta deducción es actualmente la tercera más potente del IRPF. Gestha calcula que con una inversión adicional de 7.282 euros antes de final de año se puede alcanzar una deducción media de 2.184 euros.

Donativos solidarios o ideológicos 

La solidaridad, en forma de donativos a oenegés a fundaciones y entidades de este tipo, se beneficia en el tramo estatal del IRPF de una desgravación de un 75% para los primeros 150 euros y de un 30% para el resto de aportación, que asciende al 35% si la cantidad donada a la misma oenegé no ha disminuido en los últimos tres años. También hay una deducción para las cuotas a sindicatos o a colegios profesionales obligatorios y del 10% para los donativos a fundaciones y otras entidades declaradas de interés público. A su vez las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos cuentan con una deducción del 20%, con un máximo de 600 euros.