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El Banco Santander, condenado en Cantabria a indemnizar por la venta de Valores

Es más, tal como afirma la sentencia, el propio empleado que vendió el producto, afirmó que el producto era simple y fácil de comprender, y que se vendía a cualquiera que tuviera acciones.

«Si bien consta la contratación de productos financieros como acciones, fondos de inversión, seguros de inversión y participaciones preferentes, las características de estos productos no son las mismas que las de Valores Santander«, subraya la sentencia.

El juzgado establece que el consentimiento del cliente estuvo «viciado por error», puesto que contrató en la confianza y seguridad de la información que le proporcionó el banco, «insuficiente para comprender el riesgo real de la inversión«. Es más, no existe prueba alguna que acredite que se explicaran de forma detallada los riesgos del producto.

Desde el despacho que han asesorado a los demandantes, Ortega y García Abogados indican que “los titulares de Valores Santander, siguen teniendo plazo para reclamar y es éste el momento idóneo ya que la mayoría de juzgados están condenando al banco por la jurisprudencia que se está asentando, en concreto la Audiencia de Cantabria, de forma unánime”.

Ortega y García Abogados, defiende a los afectados por Valores Santander en toda España.