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Estas son las deducciones por vivienda en cada comunidad al hacer la declaración de la Renta

La declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2022 arrancará en apenas unas semanas. El próximo 11 de abril y hasta el 30 de junio, los contribuyentes podrán acudir a su cita anual con la Agencia Tributaria para presentar sus declaraciones del IRPF y Patrimonio, rindiendo así cuentas con Hacienda. Todos aquellos que hayan ingresado más de 22.000 euros brutos anuales con un solo pagador o aquellos que hayan percibido 15.000 euros con dos o más pagadores están obligados a hacerla. No obstante, presentar la declaración puede ser complejo para algunos contribuyentes, dando lugar a equivocaciones que les hagan pagar más impuestos de los que les corresponden al pasar por alto las deducciones existentes. En este contexto, desde el portal inmobiliario de Fotocasa aclaran las deducciones por comunidades que existen en materia de vivienda.

Andalucía

  • Las personas que hayan adquirido una vivienda protegida o que se hayan visto beneficiadas por ayudas para este fin tendrán deducciones en el IRPF.
  • Las personas en régimen de alquiler o que hayan invertido en su vivienda habitual.
  • Las personas de determinados colectivos -jóvenes, discapacitados, familias numerosas y/o víctimas de terrorismo- que hayan comprado una vivienda.

Aragón

  • El alquiler de vivienda habitual y de vivienda social tendrán una deducción.
  • Las personas de determinados colectivos -jóvenes, discapacitados, familias numerosas y/o víctimas de terrorismo- que hayan comprado una vivienda.
  • Los contribuyentes que hayan adquirido o rehabilitado un domicilio habitual en entornos rurales o análogos.
  • Las víctimas de terrorismo podrán deducirse el 3% de las cantidades satisfechas en la adquisición de la vivienda habitual.
  • El arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación de pago -hasta el 10%-.
  • Las personas que hayan arrendado una vivienda o gastos en primas de seguros de créditos para cubrir impagos de rentas.
  • El contribuyente que haya puesto a disposición del Gobierno de Aragón o de alguna de sus instituciones sociales podrá deducirse el 30% de la parte de cuota íntegra autonómica del IRPF.

Asturias

  • Las personas que vivan en régimen de alquiler.
  • Las personas que hayan adquirido una vivienda de protección oficial o hayan percibido ayudas públicas para su compra.
  • Si se ha invertido en mejorar la eficiencia energética del inmueble, obras de reparación y mejora o de adecuación de la vivienda habitual por cuestión de discapacidad o adecuación a la inspección técnica de construcciones.

Baleares

  • Los arrendamientos de vivienda por parte de determinados colectivos.
  • Si se ha invertido en mejorar la eficiencia energética del inmueble, obras de reparación y mejora o de adecuación de la vivienda habitual por cuestión de discapacidad o adecuación a la inspección técnica de construcciones.
  • Los arrendadores tendrán una deducción por los arrendamientos de bienes inmuebles destinados a vivienda; así como gastos en primas de seguros de créditos para cubrir impagos de rentas.
  • Las personas que vivan en zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil.

Canarias

  • El alquiler o inversión de vivienda habitual.
  • Inversión en mejorar la eficiencia energética del inmueble, obras de reparación y mejora o de adecuación de la vivienda habitual por cuestión de discapacidad.
  • Los titulares de bienes inmuebles situados en centros históricos o inscritos en Registros de bienes de interés cultural o de bienes ubicados en espacios naturales.
  • El arrendador tendrá deducciones si alquila la vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago o en caso de gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamiento de vivienda.

Cantabria

  • El arrendamiento de vivienda habitual para jóvenes, mayores o personas con discapacidad.
  • Las personas que hayan alquilado una vivienda habitual en una zona en riesgo de despoblación.
  • Los propietarios que hayan realizado obras de mejora en la vivienda habitual, ya sea de reparación y mejora o de adecuación por motivos de discapacidad.
  • El arrendador tendrá deducciones si alquila la vivienda habitual o en caso de gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas.

Castilla La Mancha

  • Los menores de 36 años que vivan de alquiler tendrán una deducción en el IRPF.
  • Las personas que residan en un municipio en riesgo de despoblación, así como aquellas que rehabilitan una vivienda en núcleo rural destinado al alquiler.
  • El alquiler de vivienda habitual tendrá una deducción de un 20% del importe de las rentas abonadas con un máximo de 459 euros.

Castilla y León

  • El alquiler de vivienda habitual tendrá una deducción y los inquilinos que residan en estos inmuebles, también tendrán una deducción del 20% en el pago de rentas con un límite de 459 euros.
  • Las personas de determinados colectivos -jóvenes, discapacitados, familias numerosas y/o víctimas de terrorismo- que hayan comprado una vivienda, así como por la adquisición o rehabilitación de vivienda para jóvenes en núcleos rurales.
  • Si se invierte en instalaciones de mejora de eficiencia energética del inmueble o de adecuación de la vivienda habitual por cuestión de discapacidad.
  • Los titulares de bienes inmuebles en centros históricos o inscritos en Registros de bienes de interés cultural o de bienes ubicados en espacios naturales también serán beneficiarios de deducción en el IRPF.

Cataluña

  • El alquiler y la inversión de vivienda habitual.
  • Adquirir o rehabilitar una vivienda para uso habitual también tendrá deducción. La rehabilitación de la vivienda habitual tiene una deducción hasta un máximos de 9.040 euros.

Extremadura

  • El alquiler de vivienda habitual.
  • La adquisición o rehabilitación de una vivienda para uso habitual por parte de determinados colectivos -jóvenes, discapacitados, familias numerosas y/o víctimas de terrorismo-.
  • Las personas que hayan adquirido una vivienda de protección oficial o hayan percibido ayudas públicas para su compra; así como para vivienda rurales o que se encuentren en ciertos núcleos de población.

Galicia

  • El alquiler de vivienda habitual.
  • Las personas que residan en viviendas rurales o inmuebles que se encuentren en determinados núcleos de población.
  • Aquellos que hayan hecho obras de mejora de eficiencia energética en viviendas unifamiliares o en edificios de viviendas tendrán deducciones; así como las personas que hayan instalado soluciones de climatización y/o agua caliente sanitaria que utilicen energías renovables y estén destinadas al autoconsumo.
  • Los titulares de bienes inmuebles situados en centros históricos o inscritos en Registros de bienes de interés cultural o de bienes ubicados en espacios naturales.
  • Los contribuyentes podrán deducirse un 10% de la cantidad pagada en concepto de alquiler de la vivienda habitual -con un máximo de 300 euros.
  • Los que hayan contratado internet de alta velocidad en su casa podrán deducirse un 30% de lo que se haya gastado -con un límite de 100 euros-.

Madrid

  • El alquiler de vivienda habitual.

Murcia

  • La adquisición de vivienda habitual por parte determinados colectivos -jóvenes de 35 años o menos, discapacitados, familias numerosas y/o víctimas de terrorismo-.
  • Régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual.
  • Aquellos que hayan invertido en dispositivos domésticos de ahorro de agua, en instalar recursos energéticos renovables, instalaciones medioambientales, obras de reparación y mejora o de adecuación de la vivienda habitual por cuestión de discapacidad o adecuación a la inspección técnica de construcciones.

La Rioja

  • El alquiler de vivienda habitual.
  • Los menores de 36 años que hayan invertido en su vivienda habitual tendrán una deducción en el IRPF.
  • La adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios de La Rioja.
  • Inversiones en instalaciones medioambientales, obras de reparación y mejora o de adecuación de la vivienda habitual por cuestión de discapacidad o adecuación a la inspección técnica de construcciones.

Valencia

  • El alquiler de vivienda habitual.
  • Las personas que hayan adquirido una vivienda de protección oficial o hayan percibido ayudas públicas para su compra.
  • Los contribuyentes -jóvenes de 35 años o menos, personas con discapacidad, familias numerosas o víctimas de terrorismo- que hayan comprado una vivienda habitual.
  • Tendrán deducciones aquellos contribuyentes que realicen obras para conservar o mejorar la calidad, sostenibilidad y accesibilidad de la vivienda; así como los que residan en un municipio que se encuentra en riesgo de despoblamiento.
  • Las personas que hayan arrendado una vivienda o por gastos en primas de seguros de créditos para cubrir impagos de rentas.
  • Los propietarios de viviendas alquiladas que no superen el precio de referencia de los alquileres privados de la Comunidad Valenciana también podrán optar a una deducción del 5%.

País Vasco y Navarra

Ambas regiones tienen un régimen foral propio, por lo que la exacción, gestión, liquidación, recaudación e inspección de la mayoría de los impuestos estatales corresponde al País Vasco y Navarra.