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Estas son las próximas huelgas aéreas que le pueden afectar

Las huelgas convocadas por las aerolíneas han provocado que volar en septiembre sea lo más parecido a cruzar un campo de minas. Los viajeros españoles corren el riesgo a quedarse en tierra o sufrir retrasos hasta en 17 de los 30 días que tiene el próximo mes. La compañía que acumula más jornadas de paros es Ryanair, con huelgas convocadas por los tripulantes de cabina para los días 1, 2, 6, 8, 13, 15, 20, 22, 27 y 28 de septiembre en las trece bases españolas de la aerolínea de bajo coste. La plantilla reclama que no se cierren las bases que Ryanair tiene en Gran Canaria, Girona y Tenerife Sur. Además, los pilotos de la compañía en Reino Unido comenzaron ayer una batería de jornadas de huelga que se extenderá hasta el próximo 4 de septiembre.

Por otra parte, el personal de tierra de Iberia ha convocado paros para los días 24, 25, 30 y 31 de agosto en el aeropuerto de El Prat, mientras que en Madrid se esperan paros el 30 y 31 de agosto. En la ciudad condal, la aerolínea española gestiona alrededor del 65% de las operaciones, por lo que se esperan numerosos retrasos y cancelaciones.

Las huelgas fuera de España también pueden afectar los viajeros españoles. Es el caso de Alitalia, cuyos pilotos y azafatas pararán el 6 de septiembre ante la inestabilidad financiera que atraviesa la compañía, que reciente mente entró en concurso de acreedores. La plantilla teme una posible suspensión de pagos. Italia se resiste a que su aerolínea muera y su crisis ya le ha costado al Estado cerca de 8.300 millones de euros durante las últimas décadas. En Reino Unido, el fracaso en las negociaciones entre el personal de facturación de Easyjet en el aeropuerto de Londres-Stansted y la compañía han desembocado en la convocatoria de huelga entre el 23 y el 29 de agosto.

Indemnizaciones a los afectados por una huelga

La plataforma especializada reclamaciondevuelos.com informa de que la indemnización en caso de cancelación será de entre 250 y 600 euros, en función de la distancia del vuelo. Si el vuelo es de menos de 1.500 km tendrá derecho a 250€ de indemnización. Si la distancia es de 1.500 a 3.500 km, 400€. Si supera los 3.500 km y es un vuelo comunitario 400€ y si es extracomunitario, 600€ de indemnización.

Los afectados tienen derecho al reembolso del billete comprado si no reprograman el vuelo de forma gratuita o el pasajero no desea aceptar la alternativa porque no le conviene. Si el pasajero compra un nuevo vuelo para llegar a su destino, podrá exigir a la aerolínea que pague por el nuevo vuelo contratado, en lugar del reembolso del primer vuelo.

Además, la compañía aérea tiene que hacerse cargo de los gastos derivados del retraso o cancelación del vuelo. Es decir, el coste de las reservas de hotel perdidas, taxis, comidas en el aeropuerto o fuera de él o excursiones perdidas, entre otros gastos.