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Estos son los 10 errores más comunes de la declaración de la Renta

En poco más de un mes dará por finalizada la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022, por lo que millones de contribuyentes deberán presentar sus declaraciones de IRPF y Patrimonio como tarde hasta el próximo 30 de junio. Los españoles tienen que acudir a esta cita anual con la Agencia Tributaria y rendir así sus cuentas pendientes, sin embargo, presentar la declaración suele dar lugar a equivocaciones que son un clásico año tras año y que pueden conllevar una serie de sanciones y recargos por parte de Hacienda. Por ello, desde TaxScouts elaboran una lista de los 10 errores más comunes entre los contribuyentes que no debemos pasar por alto.

1. El Estado te debe dinero y no lo sabías

No todos los contribuyentes están obligados a realizar y presentar la declaración de la Renta, ya que si los ingresos anuales no superan los 22.000 euros se está exento. Sin embargo, a pesar de que muchos piensen que esto es positivo, no siempre es así, ya que aunque no se llegue a los mínimos, la declaración podría salirnos a devolver, por lo que estaríamos perdiendo dinero. En el caso de que salga a pagar, el contribuyente no tendrá porque presentarla al no estar obligado a ello.

2. El paro no te libra

El Estado cuenta como un segundo pagador, por lo que si una persona trabajó durante unos meses pero también cobró el subsidio por desempleo, esta tendrá dos pagadores en la renta y si llega al mínimo de 14.000 euros anuales, estará obligado a declarar.

«Eso sí, recuerda que con el segundo pagador (ya sea el paro, o cualquier otro) tienes que obtener rentas anuales superiores a los 1.500€ para que compute como tal«, sostienen desde TaxScouts.

3. La segunda residencia también se incluye

El apartamento en la playa, la casa en la montaña o cualquier segunda residencia debe incluirse en la declaración de la renta, aunque el cómo dependerá del uso que se le de:

  • Si se utiliza para el uso personal, se tendrá que incluir como una imputación de rentas inmobiliarias y se tributa el 2% del valor del inmueble.
  • Si se utiliza como inversión y se pone en alquiler, esta casa tributa como un rendimiento del capital inmobiliario en el IRPF y se tendrá que pagar el Impuesto de Bienes e Inmuebles por la vivienda. Además, si el inquilino utiliza este inmueble como su residencia habitual, el contribuyente podrá aplicarse una reducción de hasta el 60%.

4. Si no se reside en España, no se tiene que hacer la declaración

En el caso de que se tenga la residencia fiscal en España, se debe hacer la declaración en territorio nacional, aunque si se quiere cambiar fuera, se tiene que certificar que se ha vivido en otro país más de 183 días -la mitad de un año más un día-.

Si no se llega al tiempo previamente mencionado, la residencia fiscal seguirá estando en España, por lo que los ingresos en el extranjero deberán declararse en la Campaña de la Renta junto con el resto de ingresos obtenidos.

«Si llevas más de medio año fuera y tienes tu residencia fiscal en otro país, pero sigues recibiendo ingresos de España, tendrás que declararlos a través del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). Aquí, en vez de incluir todas las ganancias que has tenido (en el extranjero y nacionales), tan solo tienes que declarar lo que has ganado en España», aseguran desde TaxScouts.

5. Incluir el parking como parte de la vivienda habitual

Incluir el parking como parte de la vivienda habitual podrá hacerse dependiendo de cuándo se compró la plaza y el uso que le de:

  • Si se compró la plaza junto con la casa, Hacienda lo considera como parte de la vivienda habitual.
  • Si se compra la plaza más tarde, se tiene que identificar de forma independiente a la casa. Además, al comprarlo, el contribuyente deberá tributar el gasto y pagar entre el 1,1% y el 2,2% de su valor.
  • Si se pone en alquiler la plaza de parking, el contribuyente tendrá que tributar el IVA al 21%, así como el ingreso por el alquiler en el IRPF.

6. El síndrome del nido vacío

Hacer la declaración de la Renta con los hijos conlleva muchos beneficios como la reducción del mínimo familiar, deducción por maternidad o por gastos educativos, entre otros. No obstante, se podrá hacer la declaración con los hijos hasta que tengan 25 años, pero solo mientras sean económicamente dependientes del contribuyente, es decir, siempre y cuando cobren menos de 8.000 euros al año y no presenten su declaración por separado.

7. Llegar tarde sale caro

El plazo para presentar la declaración de la Renta acaba el próximo 30 de junio, sin embargo, si hay algún despistado al que se le pasa por alto presentarla, Hacienda les sancionará con multas de entre el 50% y 150% de lo que tenía que pagar. Por tanto, si el resultado de la declaración sale a pagar 1.000 euros, la multa irá desde los 500 hasta los 1.500 euros.

8. Mentir también sale caro

En el caso de presentar una declaración incompleta o incorrecta, la sanción será de 300 euros. En esta línea, si un contribuyente intenta presentar un documento, factura o justificante falso en la renta y el importe devuelto es superior a 3.000 euros, la multa por presentarla mal será de entre el 50% y el 100% de la cantidad no declarada.

Si el contribuyente utiliza métodos fraudulentos para cambiar el resultado de la declaración, Hacienda lo interpretará como fraude fiscal. Hasta un intento de fraude de 3.000 euros, se considera una infracción leve, por lo que la Administración le hará pagar al contribuyente el 50% de la cantidad. No obstante, si supera dicha cuantía, se considerará grave o muy grave y se tendrá que pagar entre el 50% y el 150% de la cantidad que intentase defraudar.

9. Pasar por alto las deducciones

Uno de los errores más comunes en la declaración de la Renta es que los contribuyentes no suelen incluir las deducciones autonómicas en su borrador. Aunque la mayoría de comunidades tiene deducciones comunes, será importante comprobar el listado de las desgravaciones de nuestra comunidad autónoma, para no pasar por alto ninguna de ellas.

10. Intentar aplicar deducciones que no corresponden

Las deducciones tienen muchos requisitos, por lo que es importante comprobar que cumplimos con todos ellos, ya que si nos beneficiamos de una deducción a la que no se tiene derecho, Hacienda podrá sancionar con una multa del 15% de la cantidad recibida.