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“La lucha contra el fraude no puede violar la libertad de movimiento de capitales”

A nuestro juicio, también es desproporcionada la imprescriptibilidad de la consideración de ganancias patrimoniales no justificadas cuando los bienes se encuentran en el extranjero cuando en España prescribe a los 4 años.

Y desde luego, las sanciones automáticas y fijas son desproporcionadas -como apunta el Abogado General- por no tener en cuenta ni el valor del bien ni la gravedad del incumplimiento.

Hacienda se enfrenta a una probable nueva desautorizazción de Luxemburgo que vela por la razonabilidad en la lucha contra el fraude haciéndola compatible con la libertad de movimiento de capitales consagrada en el art. 62 del Tratado de Funcionamiento de la UE. La lucha contra el fraude no puede violar la libertad de movimiento de capitales”

Adjuntamos nota de prensa del Tribunal de Justicia de la UE: https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2021-07/cp210139es.pdf