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Las consultas sobre la Ley de Segunda Oportunidad se disparan por culpa de la pandemia

Entre estos últimos, especialmente en las situaciones más críticas donde la insolvencia es un hecho, empieza a detectarse una tendencia habitual: buscar una solución en la Ley de la Segunda Oportunidad. Este soporte legal ofrece a cualquier persona física la posibilidad no sólo de librarse de aquellas deudas que le rodeen siempre y cuando cumpla unos parámetros, sino de resetear su contador económico desde cero y poder volver a emprender nuevos proyectos.

Salida de la crisis provocada por la Covid-19

Si hace unos meses surgía la duda sobre si esta ley aprobada en el año 2015 podría ayudar a superar el impacto económico provocado por la Covid-19, lo cierto es que la respuesta no se ha hecho de rogar y los despachos de abogados especializados en este mecanismo apuntan a esta ley como la solución más útil para superar la bancarrota y más en concreto para salir de una situación como la actual.

Este es el caso del letrado Guillermo Pérez Gómez, especialista en la Ley de Segunda Oportunidad para el despacho Larson & Co, que reconoce sin ningún atisbo de duda que “el número de consultas se ha disparado en los últimos meses”. Él cree que este mecanismo “va a ayudar a muchísimas personas y cada vez a más porque es algo que se va conociendo poco a poco”, es más, considera que a raíz de esta crisis tanto sanitaria como económica “muchos negocios y pequeños autónomos han caído en el sobreendeudamiento” y necesitan recurrir a una vía como esta para ponerle solución a estos problemas.

Sobre esto añade que “en muchas ocasiones el desconocimiento de este tipo de herramientas legales hace que las personas que están pasando por este bache económico queden endeudados de por vida”. Por eso insta a toda persona en problemas a acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, porque “lo que se ofrece es precisamente eso: una segunda oportunidad para empezar de cero y librarte de esas deudas que te impiden dormir tranquilo por las noches”.

¿Cómo acogerse a esta ley?

El propio Guillermo Pérez se encarga de explicar qué hay que hacer para acogerse a este mecanismo. Tal y como explica “el procedimiento comienza con la solicitud de nombramiento de un mediador concursal ante notario”. A él se le presentará una serie de documentación donde se detallan las deudas con las que cuenta el solicitante.

Una de las claves de este mecanismo es que “desde la presentación de la solicitud se prohíbe iniciar o continuar ejecuciones sobre el patrimonio del deudor mientras se negocia el acuerdo extrajudicial por un plazo máximo de tres meses”. A partir de ahí, “el mediador debe convocar a todos los acreedores que aparezcan en la lista con la finalidad de aprobar un plan de pagos”.

De esta reunión saldrán dos posibles caminos: el primero supondría sellar un acuerdo con los acreedores, que darían el visto bueno sobre la quita de la deuda y el plan de pagos presentados, mientras que el segundo sería el resultado de no llegar a un acuerdo de los acreedores. De darse este último caso, “se hace la declaración de concurso y el procedimiento pasa a la vía judicial, donde se podrá lograr la exoneración o el perdón del total de la deuda”. Una solución más que óptima que cada vez capta la atención de más personas en situación de insolvencia.