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Las tarjetas revolving y cómo reclamar los intereses abusivos

Finalmente, el 2 de enero de 2021, recién estrenado este año, entró en vigor esa nueva normativa que ya fue publicada en el mes de julio en el BOE. El objetivo es que la comercialización de productos financieros de este tipo sea más transparente, para evitar así endeudamientos imposibles de solventar.

¿Cómo funcionan las tarjetas revolving?

A simple vista, las tarjetas revolving funcionan como tarjetas de crédito al uso pero con una salvedad, y es que la devolución de ese crédito gastado se realiza en plazos que determina el propio usuario. Así, es él que decide cuánto tiene que pagar al mes, en una cuota fija muy reducida, o bien un porcentaje de la deuda pendiente.

El problema que aparece es que los intereses asociados a las compras son muy elevados, del 20 al 30% en algunos casos, lo que supone una cantidad de endeudamiento muy superior a la de los réditos personales. Teniendo en cuenta que la cuota que se paga al mes suele ser baja, el resultado es ir acumulando mucha deuda.

¿Ha cambiado la situación desde la entrada en vigor de la nueva orden ministerial?

En los poco más de dos meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial que pretende limitar la actividad fraudulenta de las tarjetas revolving, el Banco de España ha advertido que las entidades financieras están haciendo caso omiso a las directivas dadas.

Hay poco espíritu por cumplir la norma, que les obliga a informar claramente, de manera transparente, en la contratación y también de manera periódica mientras los usuarios hagan uso de este producto.

Algunas entidades que siguen cobrando intereses abusivos por estas tarjetas con Wizink, Caixabank, BBVA y Bankia. En la lista de entidades identificadas por el Banco de España que siguen cometiendo estos abusos aparecen un total de 24, entre ellas los principales bancos del país.

¿Qué novedades propone la orden ministerial ETD/699/2020?

La nueva normativa obliga a las entidades a ofrecer transparencia en la formalización del contrato y la obligatoriedad de realizar un estudio de solvencia y capacidad del consumidor. La idea es comprobar si el usuario que solicita la tarjeta va a ser capaz de devolver el crédito concedido.

A su vez, es necesario informar al cliente del crédito dispuesto, el tipo de interés, la modalidad de pago y el tiempo que tardará en pagar el producto. Esta información debe ponerse a disposición del cliente cada tres meses.

Los requerimientos del Banco de España, que no están siendo atendidos por los bancos, invitan a muchos usuarios a iniciar procesos judiciales para no verse afectados por una espiral de deudas de difícil solución. Los tribunales están dictando resoluciones positivas para los clientes, luego parece un buen momento para realizar este tipo de operaciones.

¿Qué conceptos o que cantidad de dinero se puede reclamar de las tarjetas revolving?

La opción de reclamar la nulidad de los contratos revolving es una puerta abierta a muchos clientes, que pueden solicitar judicialmente la nulidad del contrato y la cantidad pagada de más, incluyendo los intereses tan elevados; o bien hacer lo propio cuando no se ha pagado lo prestado, lo que finalizará devolviendo al banco ese capital prestado pero recibiendo los intereses, las comisiones y el seguro.

En cualquier caso, la alternativa de negociar con el banco se presenta como la solución más rápida, pues así se puede obtener el dinero de manera inmediata y sin costes de gestión. Incluso yendo más allá, si se gana el juicio, no siempre la deuda va a ser cancelada al 100%.

Acudir a la entidad proveedora de la tarjeta es más efectivo que introducirse en un proceso judicial, o al menos más rápido, siempre que se cuente con asesoría legal especializada, pues también aparece la opción de seguir utilizando un producto financiero con nuevas condiciones no tan abusivas.