Inicio Actualidad Económica “Los informes de CNMV y Banco de España evidencian un Bankia2 en...

“Los informes de CNMV y Banco de España evidencian un Bankia2 en el caso Popular”

Han pasado tres años y todavía hay muchos accionistas que han visto como sus ahorros se han esfumado. ¿Hay alguna esperanza para ellos?

El artículo 124 de la Ley de Mercado de Valores establece la responsabilidad del emisor. Desde nuestro despacho entendemos que es el mejor camino para recuperar los ahorros porque el emisor, el Banco Popular, tenía obligación de informar de la realidad del banco y la ocultó

¿Se puede afirmar así de tajantemente que el Popular ocultó información?

Sí., La CNMV concluye en su informe de 28 de mayo de 2018 que el folleto de ampliación de capital de 2016 no representaba la imagen fiel de la situación económico-patrimonial del banco. Que se minimizaron los riesgos y se ocultó el deterioro de los activos. Y el Banco de España señalaba en un informe de 8 de abril de 2019 que el folleto pecaba de “un optimismo contrario a la prudencia exigible”. Más contundencia no se puede. Estamos ante un caso Bankia2

Con estos informes, supongo que la demanda es relativamente sencilla

Varias audiencias provinciales están diciendo que es un hecho “notorio” que la información del folleto no representaba la imagen fiel. De una notoriedad “absoluta y general”. Así lo señalan las audiencias provinciales de Madrid, Valencia, Alicante o Valladolid, entre otras. Eso quiere decir que al ser notorio no es necesario demostrarlo. Y por tanto el engaño al cliente no hay que demostrarlo, es automático.

¿Esto es válido sólo para los que acudieron a la ampliación de capital?

No. Es válido para todos los accionistas y bonistas del Popular. Porque la jurisprudencia señala que la ocultación sobre la realidad del banco venía de antes y rechazan la tesis de que la resolución se produjo por la gran tensión de liquidez vivida en jornadas previas. Más bien concluyen que la tensión de liquidez es efecto de la causa, los problemas de solvencia, que no llegaron ‘ex novo’, sino que se arrastraban del pasado.

¿Se puede reclamar al Popular aunque no fuera responsable en los momentos en los que el Popular no informaba con veracidad?

Sí. Porque al comprar el Santander el Popular, compra todos sus activos -entre ellos un 12% de cuota de mercado en pymes- pero también todos los pasivos y contingencias. Es decir, asume toda la responsabilidad histórica. Incluso la provisiona en el mismo momento de la compra. Así que no hay duda de que el Santander hereda la responsabilidad del Popular.

El domingo 7 se cumplen tres años de la resolución; ¿pasados estos tres años es posible recurrir?

Sí, es posible, aunque nosotros preferimos ir por la vía de la responsabilidad del emisor que prescribe a los 3 años. Eso significa que el plazo acabaría este 7 de junio. Pero como consecuencia del estado de alarma, los plazos han quedado interrumpidos, así que nos iríamos al 28 de agosto. En todo caso, para mayor seguridad y garantía, lo que estamos recomendando a todo el mundo es que remita un burofax para interrumpir la prescripción.

¿Cuál es su expectativa?

Buena. Tras los informes de CNMV y banco de España y la jurisprudencia menor de las audiencias provinciales, las expectativas son muy buenas.

¿Pueden recurrir también las empresas?

Sí. Porque si la empresa no estaba dedicada al mundo financiero, no se le puede presumir capacidad para poder conocer la realidad del banco. Asumió como válido lo señalado en el folleto. Y el folleto faltaba a la verdad.

¿Y no hay responsabilidad de CNMV y Banco de España?

Es la estrategia de defensa del Santander: el folleto fue supervisado y pasó todos los filtros. La jurisprudencia no está aceptando este argumento porque entienden que la CNMV tenía la obligación de supervisar el cumplimiento formal, pero no de contenido. En nuestra opinión, sí existe responsabilidad ‘in vigilando’, pero no es el mejor camino para recuperar los ahorros.

¿Cuántos casos han llevado y cuál ha sido el resultado?

Hemos llevado decenas de casos de todo tipo. Desde pequeños ahorradores a grandes inversores pasando por empresas que gestionaban su tesorería con acciones del Popular. Hemos ganado la mayoría de los casos en primera instancia y los que hemos perdido lo hemos ganado en segunda instancia. Sobre todo tras los contundentes informes de CNMV y Banco de España y la abundante jurisprudencia favorable al ahorrador. Pero hay que explicarlo bien para resolver de una vez esa anomalía de que el ahorro se esfume de la noche a la mañana.