Inicio Actualidad Económica ¿Qué es un contrato de arras en la compra de una vivienda?

¿Qué es un contrato de arras en la compra de una vivienda?

¿Cómo funcionan los contratos de arras?

Estos contratos son de carácter privado y están firmados por el vendedor y el comprador. El objetivo es asegurar la reserva de un inmueble para evitar que alguno de esos dos actores quiera dar marcha atrás en la operación. Es imprescindible formular el contrato antes de la formalización de la escritura pública ante Notario.

Este compromiso de carácter legal tiene como objetivo garantizar que comprador y vendedor van a ir hasta el final con la operación. El comprador se reserva el derecho sobre la compra a cambio de que el vendedor entregue el bien en las condiciones acordadas.

En realidad es un avance o una transcripción de lo que posteriormente será el contenido de la escritura pública de compraventa, pues en ellos quedan establecidas las condiciones de compraventa u las consecuencias o penalizaciones de que la operación no se lleve a cabo.

¿Qué tipos de contratos se pueden firmar?

Las arras no funcionan siempre igual, pues existen tres modalidades que obligan a comprador y vendedor a una serie de medidas. Así, las arras penitenciales o desistimiento señalan que ambas partes pueden no formalizar el contrato de compraventa. Esta tipología es muy habitual y está fijada en el artículo 1.454 del Código Civil.

En ese caso el vendedor tendría que devolver la cuantía económica de las arras multiplicada por dos si fuera decisión propia no finalizar la operación. Si es el comprador el que prefiere no comprar la vivienda, pierde la cuantía de las arras.

Las arras penales van un paso más allá pues el objetivo sí es garantizar la operación de compraventa. Se determinan en los artículos 1.152 y 1.153 del Código Civil y fijan que, si alguna de las partes no cumple con lo dispuesto en el contrato, debe responder con una compensación económica y con una indemnización por daños y perjuicios.

La otra posibilidad son las arras confirmatorias, descritas en el artículo 1.124 del Código Civil. Con ellas el proceso termina en juicio si hay incumplimiento del contrato. En el juzgado se determinan las posibles consecuencias para la parte que ha desistido de las arras.

Dudas sobre los contratos de arras

Esta práctica de las arras es muy habitual cuando se adquiere una propiedad, pero requiere en muchas ocasiones la participación de expertos en la materia. Si estás en esta situación, en la coyuntura de adquirir una vivienda, te recomendamos encarecidamente contratar los servicios de un abogado al comprar tu casa.

Un especialista en compraventas durante el proceso precio a la compra de una vivienda va a arrojar claridad en este tema. Es fundamental señalar que las arras no son exactamente iguales que una señal, pero sí se corresponden con ellas, porque son parte del precio final de la vivienda. No obstante, no es solo un anticipo, sino que es un contrato legal documentado.

A su vez, las arras tributan, hay que declararlas. SI se trata de una vivienda de segunda mano, se paga en concepto de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, mientras que si es un inmueble de primera entrega, el gasto a cubrir es el IVA. Tener estos asuntos meridianamente claros es clave para no caer en problemas legales, de ahí la necesaria asesoría de un abogado especialista.

¿Qué información debe incluir un contrato de arras?

La información mínima que incluyen los contratos de arras son los datos personales de comprador y vendedor, la descripción e identificación del inmueble, el precio a pagar por el mismo y la forma de pago, pero también la cantidad fijada en concepto de adelanto que acabará descontándose del precio final, el tiempo máximo para cerrar el contrato de compraventa y el compromiso de firmar este contrato mediante escritura pública.

A su vez, hay que determinar la distribución de los posibles gastos que se generan de la compraventa. Todo ello debe ir firmado por comprador y vendedor. Si alguna de estas figuras es un matrimonio en régimen de gananciales, bastará con la firma de uno de ellos, pero si hay separación de bienes o es una pareja no casada, ambos han de firmar.

Los contratos de arras no sustituyen a los de compraventa, es una obligación previa de la que se pueden desvincular cualquiera de las partes, pero sí es recomendable ejecutarlo para asegurar el firme compromiso de comprador y vendedor para ejecutar la operación final.