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¿Qué tengo que hacer para que el banco me devuelva los impuestos de la hipoteca?

El Tribunal Supremo ha cambiado su doctrina y ha determinado que debe ser el banco el que pague los impuestos derivados de la constitución de una hipoteca (Actos Jurídicos Documentados) que hasta ahora tenía que soportar el cliente. Hasta ahora, el Alto Tribunal sólo reconocía la devolución de los gastos de notaría, registro de la propiedad, tasación y gestoría, derivados de la formalización de la hipoteca, pero este cambio de criterio determina que es el banco quien debe asumir este gasto, ya que es el principal interesado en que la hipoteca se eleve a escritura pública, pues así, en caso de impago del prestatario, podrá ejecutar su garantía. La medida afectaría a alrededor de ocho millones de personas, según cálculos de ADICAE.

De esta manera, son ya cinco los gastos que pueden reclamarse: Notaría, Registro de la Propiedad, gestoría, la tasación de la vivienda y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) ¿Cómo puede reclamarse? Para iniciar el proceso para reclamar las cantidades, Legálitas recomienda:

En primer lugar, reunir la documentación necesaria. Localizar la escritura de préstamo hipotecario cuyos gastos se pretendan reclamar, junto con las facturas de notaría, registro de la propiedad, tasación del inmueble, gestoría e impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Después, llega el momento de redactar el documento de reclamación dirigido a la entidad bancaria solicitando los importes abonados. «Es importante realizar un requerimiento fehaciente a la entidad correcta, ya que debido a las absorciones entre bancos pueden desatender la reclamación, al igual que, en caso de haber cambiado de banco la hipoteca debería cursarse solicitud a ambas entidades», indican.

Posteriormente, hay que estudiar con detalle la respuesta del banco en base a sus razonamientos jurídicos. «Puede darse el caso de que los bancos intenten negociar con los clientes y hacer propuestas que no le beneficien, obligándole a renunciar a sus derechos e impidiéndole reclamar judicialmente en un futuro esta y otras cláusulas».

Otro paso importante, es controlar los tiempos de resolución de la reclamación. El banco debería resolver la reclamación en un plazo de 2 meses: «Es probable que la entidad trate de «desesperar o desanimar» al cliente alargando el plazo de resolución solicitando documentación adicional u obligándole a rehacer la reclamación usando un formulario específico. Es importante que el consumidor conozca sus derechos y sepa hacer frente a estas situaciones».

En el caso de que no se llegue a un acuerdo con la entidad bancaria, llega el momento de presentar una demanda en los juzgados especializados.

¿Cuánto tiempo hay para presentar la reclamación?

En principio, no prescribe. El carácter abusivo de la cláusula lleva a la nulidad de pleno derecho de la misma y por lo tanto no hay límite temporal para comenzar la reclamación.

¿A cuánto asciende el importe?

La cantidad depende del importe de la hipoteca y del porcentaje que cada comunidad establece para los Actos Jurídicos Documentados. Así, la orquilla va del 0,5 por ciento que aplican regiones como Madrid al 1,5 por ciento sobre el capital prestado que imponen en Andalucía.

Plataformas de afectados

Desde ADICAE recuerdan que la sentencia del Supremo coincide con la presentación de las 60 demandas colectivas por parte de la plataforma online. La asociación ha convocado decenas de asambleas por toda España para explicar el alcance de esta sentencia. «La justicia ha decidido dar otro golpe a la banca al imponer el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que supone casi dos tercios de todos los gastos hipotecarios», indica en un comunicado.

En cuanto a la retroactividad, ADICAE indica que no se puede conocer el número exacto de afectados. Todo dependerá de la interpretación que se haga de la sentencia. La plataforma explica que antes de esta sentencia tenía previsto presentar 60 demandas colectivas frente a otras entidades para evitar un desfile de cientos de miles de afectados en demandas individuales que además de colapsar los tribunales dejaría sin resarcimiento a millones de hipotecados que no se plantean iniciar acciones judiciales en solitario.

La noticia ha sido muy bien acogida por las asociaciones de comsumidores. FACUA-Consumidores en Acción valora positivamente el cambio de criterio e insta a la banca a que actúe con responsabilidad y proceda a reembolsar a los usuarios las cantidades que tuvieron que pagar por el IAJD junto con los intereses devengados. En este sentido, la asociación espera que el Gobierno y las autoridades de consumo de las comunidades autónomas emprendan las actuaciones que les competen para supervisar las actuaciones del sector bancario en este sentido y sancionar a los bancos que se nieguen a cumplir la ley.