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Renta 2022-2023: los contribuyentes pueden pedir cita previa desde este jueves para la atención presencial

La campaña de la Renta 2022-2023 entra en su fase final: la presentación presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. Desde este jueves, 25 de mayo, los contribuyentes podrán empezar a solicitar su cita previa para la atención presencial de la declaración de la Renta, aunque será el día 1 de junio cuando la Agencia Tributaria comenzará a asistir a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos.

Los contribuyentes interesados en ser asesorados cara a cara tienen tres vías para solicitar una cita: por internet, con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia; mediante la app de la Agencia Tributaria; o por teléfono, en el 901 12 12 24 o 91 535 73 26 (servicio automático) o si prefieren que les atienda un trabajador de la Agencia deberán llamar al 901 22 33 44 o 91 553 00 71, ambos en horario de 9:00h a 19:00h de lunes a viernes.

Además de la presentación por internet a través de la página de la Agencia Tributaria y de la aplicación móvil, los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías que requieran asistencia personalizada tienen también este año a su disposición desde el pasado 5 de mayo el plan «Le Llamamos», para confeccionar la declaración por teléfono. Para gozar de este servicio también se requiere pedir cita.

El plazo de presentación de declaraciones finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 27 de junio. Las solicitudes de cita, tanto para la atención telefónica como presencial finalizará el 29 de junio.

Está previsto que en esta campaña del IRPF se presenten un total de 22.899.000 declaraciones, un 3,4% más que el año anterior. De ese total, se estima que den derecho a devolución un 60% de ellas –13.600.000, un 2% menos– por un importe que rondará los 9.946 millones de euros, un 2,4% inferior a la anterior campaña. De su lado, se estima que los contribuyentes que cuentan con declaraciones a ingresar serán cerca de 7.649.000, un 14,2% más, por importe de 16.448 millones, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior.

¿Quiénes no están obligados a declarar?

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros. Por otra parte, se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el ingreso.