Inicio Destacadas Así se legisla en Europa: Hasta cadena perpetua para los independentistas

Así se legisla en Europa: Hasta cadena perpetua para los independentistas

«Hemos visto cómo algunos tipos penales de nuestro país no están a la altura del derecho comparado. Hay tipos penales que son anteriores a la Constitución. Hay tipos penales que se acompasan poco con algunas situaciones penales de este país». Con estas palabras justificó ayer la vicepresidenta Carmen Calvo la revisión del Código Penal para rebajar las penas por delitos de sedición y elevar las de delitos de rebelión. Una maniobra que constituye la vía con menos costes políticos para el actual Gobierno ya que se tramita en el Parlamento, no toca la Constitución ni implica al Rey Felipe VI, y que, probablemente, responda a las exigencias de la nueva etapa de diálogo y solución para el conflicto catalán.

El delito de sedición, con el que se ha castigado a los líderes del proceso independentista, no es exclusivo de nuestro ordenamiento. Alemania, Italia o Francia o Bélgica también incluyen tipos parecido y los castigan con similar o mayor dureza que el español. Sin embargo, no están armonizados, es decir, su definición y las penas varían.

Alemania

Su código penal contempla los delitos de alta traición contra la federación o contra un Estado, que podrían ser similares a los españoles de rebelión y sedición. El artículo 81 del código germano prevé penas de entre 10 años y cadena perpetua para los intentos con «violencia o amenaza de violencia» de «perjudicar la existencia» o «cambiar el orden constitucional que se basa en la Constitución del Estado». También hace referencia al intento de «separar una parte del Estado». Por su parte, el 83 también recoge el delito de «preparación» de una operación de alta traición, con penas de entre tres meses y cinco años. También en Dinamarca se contempla la cadena perpetua para los delitos devenidos de un impulso para independizar cualquier región del Estado.

Francia

El Código Penal francés recoge en el artículo 411 la rebelión o traición, que define como «el hecho de cometer uno o varios actos de violencia susceptibles de poner en peligro las instituciones de la República o de atentar contra la integridad del territorio nacional». Las penas de cárcel pueden alcanzar los 30 años y una multa de 450.000 euros.

Portugal

En el país vecino prevén penas de entre 10 y 20 años para aquellos que «intente separarse de la madre patria» o «traten de someter a soberanía extranjera el territorio portugués».

Italia

El ordenamiento recoge que «si la violencia o amenaza es cometida por más de cinco personas mediante el uso de armas, incluso solo por una de ellas, o por más de diez personas sin el uso de armas, la pena es de tres a 15 años» y además incluye el tipo de «radundata sediziosa» o «reunión sediciosa», que pena con hasta un año a todo aquel que participe en este tipo de reuniones, entendiendo que su finalidad es provocar un desorden público, poniendo en peligro el orden y la seguridad colectiva.

Bélgica

El ordenamiento belga contempla en su artículo 269 el delito de rebelión, pero con una definición muy diferente a la española: «Cualquier ataque, cualquier resistencia con violencia o amenazas a oficiales ministeriales» u otros funcionarios o agentes del orden público que velen por la ejecución de las leyes y ordenanzas. Un delito de mucha menor gravedad que puede acarrear, cuando se haya cometido en grupo y de forma organizada, penas máximas de cinco años.

Finlandia

El artículo 12 tipifica traición como el intento de «separar una parte de Finlandia del resto del territorio», mientras que el 13 sanciona el delito de «alta traición», como el intento violento de «abrogar la Constitución finlandesa o alterarla, o alterar los fundamentos políticos de Finlandia». Las penas son de hasta diez años de prisión.

Reino Unido

Las leyes británicas no recogen el delito de rebelión. Lo más parecido es el delito de traición, una ley del año 1215.

Suiza

Incluye penas de «al menos un año» para delitos contra el Estado y de alta traición, entre los que se incluyen la separación violenta de una parte.