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Desabastecimiento, puesto de trabajo, seguros… Todo sobre el impacto ecónomico de la nevada

Limpieza de nieve realizada en Mercamadrid

¿La empresa puede descontarme el sueldo si no voy a trabajar?

La falta al trabajo por las inclemencias climatológicas está justificada y no puede ser sancionada por la empresa. Aunque la ausencia estaría justificada, no se trata de un permiso retribuido, por lo que existen dos soluciones: la empresa le quita el importe de ese día del salario mensual o el trabajador recupera las horas, resta el día a sus vacaciones o, si los tiene, a sus horas y jornadas de asuntos propios. Además, en muchas situaciones esa falta al puesto de trabajo puede ser compensada con el teletrabajo. Lógicamente, cualquier decisión por parte del empresario o del trabajador debe ser pactada entre ambos atendiendo a lo que recoja su respectivo convenio colectivo.

¿Tengo que llevar a los niños al colegio?

Si no se han suspendido las clases, como en la Comunidad de Madrid y en otras regiones, pero existen problemas para llegar al colegio por la nieve, lluvias o inundaciones, la falta de asistencia estaría justificada y no conllevaría ninguna amonestación al alumno.

¿Puedo faltar al trabajo si no hay clases y me tengo que quedar con los niños en casa?

Cuando alguno de los progenitores debe de quedarse en casa cuidando de sus hijos en edad escolar porque el colegio no ha abierto por los efectos de la borrasca y no tienen con quién dejarles, tampoco pueden ser sancionados por la empresa por no asistir a su puesto de trabajo. Si no pudieran teletrabajar, deberán recuperar las horas o tomarlo como un día de sus vacaciones porque no es un permiso retribuido. O aceptar que el empresario les reste del sueldo la jornada.

¿Y si tengo que cuidar a personas dependientes?

Esta semana se producirán muchos casos en los que personas dependientes no podrán acudir a sus centros de día, por lo que alguien tiene que quedarse en casa a su cuidado. Esta falta al trabajo también está justificada, como en los casos anteriores.

¿Qué cubren los seguros en caso de nevadas?

El sector asegurador es claro respecto a este evento: habrá que estar a lo dispuesto en cada una de las pólizas y cada uno de los siniestros. Aun así, por norma general, los destrozos que haya podido ocasionar esta nevada histórica habrían de estar cubiertos por las aseguradoras.

Los daños que se pueden ocasionar son múltiples, y por ello la respuesta en cada supuesto es distinta. Desde desprendimientos de tejados por el peso de la nieve hasta daños en los coches por la caída de árboles, entre muchos otros casos. Y, según fuentes financieras, habrá que estar también muy atentos a los daños que se puedan producir en el campo español; tanto en las cosechas como en el ganado, donde las pérdidas sí podrían ser bastante más cuantiosas.

Manuel Hinchado, director de Prestaciones Patrimoniales de Mapfre, indica que la prioridad para ponerse a funcionar es que se limpien las calles y carreteras: «Ahora lo más importante es que se restablezca la circulación en las vías públicas. Esto es lo que nos puede permitir atender a todos nuestros clientes. Ahí podremos poner en desplazamiento a nuestros proveedores para atender todos los siniestros que se van a declarar».

¿Siempre debe hacerse cargo mi aseguradora?

Las reparaciones e indemnizaciones, por norma general, corresponden a cada aseguradora, siempre que el riesgo en cuestión esté cubierto. Sin embargo, tras la nevada pueden surgir otro tipo de destrozos en los que sí entraría el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) por declararse como «riesgo extraordinario». Este organismo, dependiente del Ministerio de Economía, tiene atribuidas las indemnizaciones por catástrofes naturales como terremotos, tornados o vendavales; las nevadas quedan excluidas, aunque el CCS sí se haría cargo de los daños derivados por inundaciones ocasionadas por el deshielo o fuertes eventos de viento, siempre muy tasados, según indicó a Servimedia el director de Operaciones del Consorcio, Alejandro Izuzquiza.

Eso sí, para que este organismo pueda operar en esos supuestos tasados es necesario que las personas y los bienes que hayan resultado dañados se hayen cubiertos por una póliza de seguros.

¿Me cubre el seguro la retirada del vehículo abandonado en la nieve?

Los seguros de los vehículos cubren habitualmente la asistencia, el remolque y el rescate de los coches. Por lo tanto, la retirada del mismo de la nieve debe realizarla una grúa de la compañía aseguradora. Lo más probable es que haya que esperar más tiempo de lo normal debido a los numerosos casos que se producen.

¿Puede llevarse el coche la grúa municipal o multarme la Policía o la Guardia Civil?

En situaciones excepcionales, como puede ser una gran nevada, si el vehículo es retirado por una grúa municipal antes de que llegue la del seguro porque molesta a la circulación el propietario del mismo podrá recoger el coche del depósito municipal sin cargo alguno. Tanto la Policía Municipal como la Guardia Civil no deberían sancionar a los vehículos abandonados en la nieve salvo que sus propietarios no los recojan una vez limpiadas las calles y vías y su situación pueda ser peligrosa para la circulación.

¿El seguro se hace cargo de la batería del coche si se avería tras muchas horas bajo la nieve?

La compañía aseguradora remolcará el vehículo hasta un taller o el domicilio del asegurado, pero el cambio de la batería corre por cuenta del conductor. El empleado de la grúa puede ofrecerle una nueva e instalársela, pero deberá pagarla en el momento.

¿Y si me caen ramas grandes sobre el vehículo?

En este caso también estaríamos cubiertos por el seguro que tenemos. Tanto los daños como el posible remolque del vahículo. Si deben de intervenir los bomberos, tampoco supondrá un coste para el afectado. Otro tema, que no afecta al usuario, es que su seguro reclame después los daños al ayuntamiento, si el árbol estaba en una zona pública, o a una comunidad de propietarios si el mismo estaba en una zona privada.

¿Puedo reclamar la devolución de un vuelo cancelado?

El aeropuerto de Adolfo-Suárez Madrid Barajas se mantuvo cerrado hasta última hora del domingo. Pero los problemas no se han solventado tras su reapertura. La cancelación de vuelos ha sido una constante durante este lunes e incluso Iberia ha recomendado no acudir al aeropuerto. «Madrid-Barajas opera con muchas limitaciones. No vayáis al aeropuerto en caso de cancelación. En la web de Iberia podréis comprobar el estado de los vuelos. Por favor, actualizar vuestros datos en Gestiona tu reserva para informaros de cualquier novedad», ha explicado la aerolínea en su cuenta de Twitter.

Los clientes afectados no tendrán derecho a una compensación económica, porque el temporal es considerado una circunstancia extraordinaria que no puede ser evitada por las aerolíneas. Caso distintos representa, por ejemplo, una huelga. Aunque no tenga derecho a la devolución del billete, el consumidor sí puede reclamar compensaciones por los gastos derivados de la cancelación, como alojamientos o comidas provocados por el hecho de no poder viajar.

¿Qué ocurre con el dinero que pagué por un evento cancelado?

En este caso, Consumo señala que la suspensión del evento da derecho al usuario al reembolso de la totalidad de los pagos que se hubieran realizado. La solicitud de devoluciones de los importes abonados debe hacerse al proveedor de servicios al que se realizó la compra. Asimismo, y en el supuesto de que el evento no sea cancelado pero el usuario no pueda asistir por el temporal, Consumo aconseja comprobar las condiciones del contrato para verificar si estas circunstancias de cancelación están previstas.

¿Qué pasa con los retrasos en la entrega de paquetes a domicilio?

Con respecto a las compras por comercio electrónico, la empresa suministradora debe entregar los bienes sin demora indebida y en un plazo máximo de 30 días, a partir de la celebración del contrato, salvo que se hubiesen acordado otros plazos de entrega. Si no se cumple el plazo de entrega a causa del temporal, el comprador podrá conceder un plazo adicional a la empresa para la entrega de los bienes. En el supuesto de que los bienes tampoco sean entregados en dicho plazo adicional, independientemente de la causa, tendrá derecho a desistir del contrato. En este caso, la empresa deberá reembolsar todas las cantidades abonadas sin ninguna demora.

¿Hay riesgo de desabastecimiento esta semana?

Los cortes en las carreteras dejaron a muchos camiones de transporte de mercancías parados en las vías. Ante un posible desabastecimiento de bienes hoy, la patronal UNO Logística, junto con Transporte y la UME, han trabajado para evitarlo. Así, en palabras de su presidente, Francisco Aranda, no cree que finalmente vaya a haber un corte del suministro, pero para ello se han tenido que enfrentar a graves problemas. «Afrontamos la situación con muchos problemas, pero solventándolos poco a poco», explicó a este diario Aranda. «Priorizamos la distribución de las vacunas, de los medicamentos y de los alimentos», aseguró. Asimismo, la prioridad absoluta es desatascar de nieve y hielo todas las naves logísticas situadas en Madrid y en algunas provincias de Castilla- La Mancha, ya que desde esos puntos conectan con toda España. Por su parte, los supermercados tampoco creen que vayan a tener problemas de suministros. En palabras de Ignacio García Magarzo, director general de Asedas, patronal de Mercadona y Dia entre otros, aunque el sábado hubo falta de productos frescos «cuando todo se recupere, la reposición en las tiendas es muy rápida», declaró.

(ABC)