Inicio Actualidad El Supremo se enfrenta a la Ley del ‘sólo sí es sí’...

El Supremo se enfrenta a la Ley del ‘sólo sí es sí’ de Sánchez y Montero con más de 1.000 violadores beneficiados

El Tribunal Supremo inicia este martes un pleno monográfico sobre la aplicación de la Ley del ‘sólo sí es sí’ de Pedro Sánchez, elaborada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero. El Alto Tribunal estudiará la aplicación de esta Ley cuando el número de violadores beneficiados alcanza ya los 1.079 y los excarcelados son 108, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) actualizados hasta el mes de mayo.

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital afirman que durante el Pleno del Supremo «se estudiarán unos 29 casos sobre la aplicación del ‘sólo sí es sí’, que han sido recurridos por la Fiscalía contra las revisiones de condenas efectuadas por las Audiencia Provinciales y los Tribunales Superiores de Justicia. También se analizarán recursos presentados por los violadores sobre la revisión de sus penas en casación o tras sentencia firme».

«Dicho Pleno podría finalizar el mismo martes o bien, extenderse hasta el miércoles. Todo dependerá de lo que tarden las deliberaciones de la Sala Penal del Supremo que preside Manuel Marchena y que está compuesta por un total de 15 magistrados», añaden.

Las mismas fuentes consultadas por LD destacan que «el Pleno servirá para fijar fórmulas de actuación sobre criterios generales que ya se adoptaron previamente. La doctrina que rige el Código Penal de aplicar la Ley más favorable al reo se ha ejecutado desde la entrada en vigor de la nueva norma».

«La principal clave que deberán dirimir los magistrados del Supremo es si se aplica o no la disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal«, concluyen.

Dicha disposición recoge que los jueces o tribunales «procederán a revisar las sentencias firmes y en las que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena, aplicando la disposición más favorable considerada taxativamente y no por el ejercicio del arbitrio judicial. En las penas privativas de libertad no se considerará más favorable este Código cuando la duración de la pena anterior impuesta al hecho con sus circunstancias sea también imponible con arreglo al nuevo Código. Se exceptúa el supuesto en que este Código contenga para el mismo hecho la previsión alternativa de una pena no privativa de libertad; en tal caso deberá revisarse la sentencia».

Entre la treintena de recursos, se estudiarán muchas variantes sobre la revisión de las penas o no en aplicación de la Ley del ‘sólo sí es sí’. Por ejemplo, se deberá dilucidar si se debe aplicar en bloque la nueva Ley del Gobierno o la anterior, o bien se pueden trocear ambas. También, si se puede mantener la misma pena si es imponible con ambas leyes, o bien se debe rebajar siempre la pena.

El Supremo no estudiará la contrarreforma del Gobierno

Tal y como publicó este diario, el Tribunal Supremo no estudiará en el Pleno Monográfico la contrarreforma del Ejecutivo de la ley del ‘sólo sí es si’. El Congreso de los Diputados aprobó en abril la reforma de la citada Ley con la suma de votos de PP, PSOE, Ciudadanos y PNV y el rechazo de Podemos y los socios habituales del Gobierno de coalición como ERC y Bildu. Por su parte, Pedro Sánchez se ausentó directamente del debate del Pleno celebrado en la Cámara Baja.

Según las fuentes consultadas por LD, «la contrarreforma es un asunto que nada tiene que ver con el problema presente que ha provocado la entrada en vigor de la Ley diseñada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero«. Mientras, el propio Supremo ha recalcado en varias sentencias recientes que, aunque hasta la ‘ley del solo sí es sí’ no había una definición legal del consentimiento en los delitos sexuales, «siempre» ha sido necesaria la ausencia del mismo para incurrir en este tipo de ilícitos.