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La CIDH falla a favor de la prensa que Rafael Correa persiguió y ‘enjuició’

La libertad de expresión, en particular la libertad de prensa, se vio severamente censurada durante el periodo en el poder del socialismo del siglo XXI en Ecuador. Tanto así que Rafael Correa enjuiciaba a medios de comunicación que se atrevían a cuestionarlo.

De hecho, recién con Correa fuera del poder fue posible liberar a los policías acusados de intento de magnicidio en contra, tras demostrarse que el acto nunca sucedió y que además no había un complot para lograrlo.

Y es que durante ese periodo no había independencia de poderes: la justicia estaba supeditada al ejecutivo. Entonces cuando un periodista se atrevió a cuestionar al mandatario, un juez lo condenó a 3 años de prisión y 40 millones de dólares de indemnización para el querellante, el entonces presidente Rafael Correa, quien le hizo juicio al periódico local El Universo, sus directivos y su ex director de Opinión, Emilio Palacio.

De acuerdo al vicepresidente ejecutivo de El Universo, César Pérez: «No tuvimos jueces imparciales, Correa se estaba llevando el patrimonio familiar con una sentencia corrupta».

Tardó más de una década la justicia en juzgar al Estado ecuatoriano. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró la “responsabilidad internacional” del Estado ecuatoriano por las violaciones a los derechos del periodista Emilio Palacio Urrutia y de los directivos del diario El Universo, Nicolás Pérez Lapentti, César Enrique Pérez Barriga y Carlos Eduardo Pérez Barriga.

Ecuador es responsable por la violación de los derechos a la libertad de expresión, circulación, residencia, y a la estabilidad laboral de un periodista y los directivos de un diario, señala el comunicado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Los afectados deberán ser compensados económicamente: el periodista Emilio Palacio recibirá $ 250.000  dólares como daños materiales, y $ 30.000 como daños inmateriales. Las demás víctimas serán compensadas con $ 60.000 en total por daños inmateriales. Asimismo serán reintegrados los gastos en el proceso judicial que suman $ 40.000.

Además, la CIDH dispuso una serie de medidas de reparación integral a su favor. Aunque la CIDH tomó la resolución el pasado 24 de noviembre; la notificación llegó a los correos electrónicos de los abogados de El Universo recién el 21 de diciembre del año en curso.

Para sostener el poder, los regímenes autoritarios necesitan imponer un relato. En el caso de Correa fue el supuesto Golpe de Estado del 30 de septiembre del 2010, mejor conocido como el 30S. Para imponer la narrativa oficial, ordenó cerrar todos los canales de televisión, salvo el canal del Estado.

Por eso fue tan peligroso el artículo publicado por El Universo titulado “No a las mentiras”. Allí, el periodista Emilio Palacio Urrutia relataba los hechos ocurridos el 30 de septiembre de 2010 de una forma que quebraba el relato oficial. Al respecto, el fallo de la CIDH determinó que se trataba de un “artículo de opinión que se refirió a un asunto de interés público, por lo que gozaba de una protección especial en atención a su importancia en el debate democrático”.

La CIDH determinó que se trató de una violación a la libertad de expresión de las víctimas del caso. Esto a su vez invalidaría la sentencia condenatoria impuesta por el Estado ecuatoriano cuando estaba bajo un régimen socialista que expidió el delito de “injurias calumniosas graves contra la autoridad”.

Además, la CIDH reconoce que el periodista Palacio se vio en la necesidad de exiliarse y renunciar a su trabajo por causa de la condena.

Según la Corte, el Estado ecuatoriano es responsable por la violación de los artículos 8, 9, 13, 22, 25 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo documento.

Vale destacar que el único juez que estuvo en contra de la sanción al Estado ecuatoriano fue el argentino Eugenio Raúl Zaffaroni. Cabe entonces resaltar la motivación política/ideológica del magistrado, autor de su propia doctrina, la doctrina Zaffaroni. El juez es promotor del garantismo foucaultiano que victimiza a los delincuentes de la sociedad. En este caso alegando que existe persecución contra Rafael Correa por parte del Estado.

Esto es lo que en términos jurídicos se denomina activismo judicial. Pues en lugar de remitirse a la doctrina llevan su ideario político-ideológico al plan jurídico y benefician a sus aliados y, sobre todo, buscan pautar una agenda. Por su parte Correa asegura que es víctima de la ley.

Pero la CIDH en su conjunto no le ha dado la razón a ninguno de los dos. Al contrario: ordenó dejar sin efecto, en todos sus extremos, la sentencia de 20 de julio de 2011. Exime de toda responsabilidad penal y civil a Emilio Palacio Urrutia, Carlos Nicolás Pérez Lapentti, Carlos Eduardo Pérez Barriga y César Enrique Pérez Barriga.

Finalmente, la CIDH exhorta al Estado ecuatoriano a crear e implementar un plan de capacitación a funcionarios públicos, para garantizar que cuenten con los conocimientos necesarios en materia de derechos humanos y libertad de expresión, algo que durante el socialismo del siglo XXI estaba seriamente condicionado por el poder ejecutivo.