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Las excarcelaciones por la ley del «sólo sí es sí» continuarán: la contrarreforma se aplicará sólo a futuros violadores

Las excarcelaciones y las rebajas de pena para violadores por la Ley del ‘sólo sí es sí’ continuarán produciéndose, a pesar de que el propio Ejecutivo de Pedro Sánchez saque adelante ahora una contrarreforma. La Ley elaborada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero, que fue avalada por todo el Gobierno, ha permitido rebajar la condena a más de 300 violadores de mujeres y niños.

Tras meses de alarma social y críticas de la oposición, el PSOE anunciaba este lunes que presentará en los próximos días una proposición de ley tomando como base un borrador del Ministerio de Justicia que pide volver a las penas anteriores a la Ley de Irene Montero.

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital destacan que «la Ley del ‘sólo sí es sí’ de Irene Montero ya no tiene arreglo, no hay solución. Los agresores sexuales seguirán siendo excarcelados y el Ejecutivo debe hacer esta contrarreforma sólo para evitar este problema en casos futuros».

«Aunque entre en vigor de inmediato la citada contrarreforma, los ya condenados se seguirían beneficiando de la Ley inicial de Irene Montero, ya que la doctrina es aplicar siempre la Ley más favorable para el reo. Hacer una Ley es una cosa muy seria que tiene consecuencias, parece que en el Gobierno lo desconocen», añaden.

Las mismas fuentes jurídicas consultadas por LD denuncian que «el chorreo de excarcelaciones y de rebajas de condena continuará durante un tiempo indeterminado. El Gobierno tenía que haber efectuado la contrarreforma al día siguiente de haber conocido el primer caso de rebaja de condena o excarcelación. Ha esperado casi 3 meses y que se produzcan cerca de 300 violadores beneficiados por la Ley del ‘sólo sí es sí’ para reconocer su error», concluyen.

Recordamos que el artículo 2 del Código Penal establece que «tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena. En caso de duda sobre la determinación de la Ley más favorable, será oído el reo. Los hechos cometidos bajo la vigencia de una Ley temporal serán juzgados, sin embargo, conforme a ella, salvo que se disponga expresamente lo contrario».

Por su parte, el artículo 9.3 de la Constitución Española «garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos».

También el artículo 25 de la Carta Magna señala que «nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria».

El Gobierno engañó a los españoles hasta la semana pasada

El Tribunal Supremo ya dejó en evidencia al propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y al resto del Ejecutivo el pasado mes de noviembre al imponer un año menos a los condenados del ‘caso Arandina’ por la entrada en vigor de la Ley del ‘sólo sí es sí’. El Alto Tribunal dejaba claro además que no había que unificar doctrina alguna, ya que se debía resolver caso a caso.

Casi dos meses después de la resolución del Supremo, la portavoz del Ejecutivo, Isabel Rodríguez, siguió repitiendo hasta la semana pasada que el Gobierno estaba esperando a que «el Supremo unificara doctrina».