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Nuevo revés a Sánchez en la gestión de la pandemia: El segundo estado de alarma, también inconstitucional

El diario ABC, en una información de Manuel Marín, ha accedido al borrador de la sentencia sobre el estado de alarma decretado durante seis meses por Pedro Sánchez, que próximamente deberá ser votada por los miembros del Tribunal Constitucional.

El pasado mes de julio el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el primer estado de alarma decretado por el Gobierno para combatir la pandemia, una decisión muy ajustada que contó entonces con la oposición de cinco de los once magistrados..

En ponencia actual, según este medio, se subrayan dos cosas: Una, rechazaría que el Gobierno hubiera declarado seis meses de excepción sin un control “real y efectivo” del Parlamento, de modo que el TC, “tumbará’ el cerrojazo del Parlamento auspiciado por Sánchez”.

Y la segunda, que habría sido ilegal que el Gobierno delegara en las autonomías competencias para restringir libertades que son del Estado. La llamada ‘cogobernanza’ sufritá por tanto también “tachas notables de inconstitucionalidad”.

No daría sin embargo la razón al recurso de Vox en una cosa, en este segundo estado de alarma se limitaron derechos pero no se suspendieron, como sí ocurrió en el primer estado de alarma con el confinamiento.

El debate y votación sobre esta sentencia, será el mes que viene. Un retraso que el periódico interpreta como un intento por minimizar el impacto de este segundo revolcón jurídico a el gobierno con la gestión de la pandemia.

Pronostica ABC una votación ajustada como en la sentencia del primer estado de alarma que el Tribunal resolvió como inconstitucional por seis votos contra cinco.

EL GOBIERNO, RETRATADO

Lo que está claro, apunta el editorial es que quedará retratado un Gobierno cuyo tránsito por la pandemia está dejando un reguero de ilegalidades y abuso de poder. Y seguirá sin explicarse por qué tenemos uno de los mayores índices de mortalidad con las mayores restricciones de derechos y libertades de toda Europa.

Sánchez decretó el segundo estado de alarma el 3 de noviembre de 2020 durante seis meses ininterrumpidos, nada que ver con el de marzo de ese año que se fue prorrogando cada quince días previa ratificación por parte del Congreso de los Diputadosl, para “no arriesgarse a perder votaciones”, señala Marín.

EL PRIMER ESTADO DE ALARMA

El Pleno del Tribunal Constitucional estimó en julio parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Vox contra el real decreto por el que el Gobierno declaró el primer estado de alarma, que entró en vigor el 14 de marzo de 2020. Con una mayoría de 6 a 5 magistrados, el tribunal de garantías declaró inconstitucional el confinamiento, es decir la limitación del circulación de personas y vehículos en espacios y vías públicas que fijaba la norma, así como la capacidad del Ministerio de Sanidad para modificar y ampliar las medidas de contención en la actividad comercial.

La resolución salió adelante por una ajustada mayoría y formularon votos particulares el presidente Juan José González Rivas y los magistrados Andrés Ollero, Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer. En la votación fue decisiva la vicepresidenta del tribunal, Encarnación Roca, quien se inclinó por la inconstitucionalidad del decreto-ley dictado por el Gobierno.

En concreto, el tribunal de garantías declaró inconstitucionales y nulos los puntos 1 y 3 del artículo 7 del decreto-ley, relativos a la libertad de circulación de personas y coches en espacios y vías públicas; así como el punto 5 del mismo artículo, que permitía al Ministerio del Interior acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos por razones de salud pública.

También declaró inconstitucional que se habilitara al Ministerio de Sanidad para “modificar” o “ampliar” las medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales y actividades recreativas, así como las actividades de hostelería y restauración.

“En todo lo demás”, el tribunal acordó desestimar el recurso de inconstitucionalidad presentado por la formación liderada por Santiago Abascal. Desde Vox insistían en que el decreto incluía restricciones de ciertas libertades públicas que no estarían contempladas para ese tipo de estado en la Constitución, dado que –a su juicio– sólo cabrían en la fórmula del estado de excepción.