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Sánchez se carga los premios a los guardias civiles en la reserva: prohíbe los ascensos en esta etapa

El Gobierno quiere usar su nueva Ley de Personal de la Guardia Civil para «instaurar el cupo femenino», para confirmar su poder para extender las jornadas laborales de los agentes y, además, para eliminar los premios a los guardias civiles en la reserva: la norma prohíbe los ascensos en esta etapa de los guardias.

La futura norma en cuestión cuenta ya con texto redactado bajo el nombre de Proyecto de Modificación de la Ley de Régimen del Personal de la Guardia Civil. Allí aparecen cuestiones polémicas como un nuevo sistema que establece, que «hasta conseguir un 40% de mujeres en la escala de cabos y guardias, se dará prioridad a las aspirantes femeninas frente a los hombres, siempre que la diferencia de nota no supere el 15%», como señalan los expertos de la asociación mayoritaria de la Guardia Civil, Jucil.

Y se ha incluido otra cuestión que, pese a haber pasado desapercibida hasta ahora, generará un fuerte malestar entre los guardias: la erradicación de los ascensos en la reserva.

Modificación del artículo 65 de la Ley de Personal

La norma retoca para ello el artículo 65 actual: «Se añade un nuevo párrafo al apartado 1 y se modifican los apartados 5 y 6 del artículo 65 que quedan redactados de la siguiente manera», señala la reforma. Y, efectivamente, modifica el artículo para señalar que «para el ascenso a cualquier empleo es preceptivo tener cumplido en el empleo inferior el tiempo mínimo que se determine reglamentariamente. A estos efectos se entiende como tiempo de servicios el transcurrido en la situación de servicio activo y en las demás situaciones administrativas reguladas en el capítulo VI de este título en que así se especifica». Pero se añade un nuevo requisito: «Para cualquier ascenso» se exigirá «no haber alcanzado la edad máxima que determina el pase a la situación de reserva, salvo que se continúe en servicio activo».

La nueva regulación señala, además, que «la persona titular del Ministerio de Defensa, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil, podrá determinar el número máximo de ciclos en que se puede ser evaluado para el ascenso por elección o por clasificación para cada empleo y escala». Y, por otra parte, «se dará especial protección en situaciones de embarazo; disfrute de permiso por lactancia de un hijo menor de doce meses; permiso por nacimiento para la madre biológica; permiso por adopción, por guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente; o permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo para cumplir las condiciones para el ascenso a todos los empleos de la Guardia Civil».

El actual artículo 65, por el contrario sí permitía los ascensos en la reserva, un premio que soluciona muchas veces la pensión a guardias que siguen discriminados frente a los Mossos, tanto en el salario, como en la prestación por jubilación.

El actual 65 exige igualmente que para «el ascenso a cualquier empleo es preceptivo tener cumplido en el empleo inferior el tiempo mínimo que se determine reglamentariamente»; señala que «para el ascenso a los empleos de General de Brigada, Comandante, Suboficial mayor y Cabo mayor, será preceptivo, además, haber superado los cursos de capacitación que se determinen»; que para «el ascenso a cualquier empleo, hasta el de General de Brigada inclusive, es condición indispensable haber sido evaluado de la forma regulada en este capítulo y según las normas objetivas de valoración de los artículos siguientes»; pero acepta la fase de reserva para hacer efectivos los ascensos.