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La Justicia ordenó prohibir el delivery en bicicleta en Capital

La Justicia ordenó ayer al Gobierno porteño que prohiba el funcionamiento de las empresas de delivery en bicicleta en la ciudad de Buenos Aires hasta que cumplan con el Código de Tránsito y Transporte, mientras la Asociación de Personal de Plataformas (APP) teme que “todo el peso de la ley caiga sobre los trabajadores”.

Las empresas de delivery afectadas por la resolución del juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, a cargo de Andrés Gallardo, son “Rappi”, “Glovo” y “Pedidos Ya”.

Los repartidores de estas firmas no podrán volver a las calles hasta que no se garantice “que todos circulen utilizando casco”, que “la caja portaobjeto esté anclada a la moto o bicicleta y no en la espalda” del conductor, que posean “seguro de vida y accidentes”, “libreta sanitaria” y que los rodados “cuenten con adecuada señalización mínima (luminosa y refractaria)”.

El juez Gallardo también ordenó que se diseñe y ejecute un plan de contingencia económica y social para compensar la reducción de ingresos de los repartidores hasta que se normalice la situación, a través del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat porteño.

Consultados respecto a cómo se implementará dicho plan de contingencia, desde el Ministerio respondieron: “Tenemos permanentemente disponibles los programas y recursos para aquellas personas en situación de vulnerabilidad social”.

A requerimiento del juez Gallardo, la Policía de la Capital realizó un relevamiento de más de 400 ciclorodados que arrojó que el 77% circula con el portaobjetos cargado en su espalda, el 70% desempeña tareas sin seguro alguno, y el 67% circula sin casco, según publica el portal de noticias del Consejo de la Magistratura judicial porteño.

En función de ese relevamiento, Gallardo indicó que el servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias llevado a cabo en la CABA por las firmas prestatarias Rappi Arg. S.A.S., Kadabra S.A.S. (Glovo) y Pedidos Ya S.A. “se realiza en franca transgresión a la normativa vigente y sin dar cumplimiento a las normas básicas de seguridad”.

Gallardo se refiere al Código de Tránsito y Transporte, que estipula la obligación de usar casco e indumentaria con bandas reflectivas; contar con los seguros obligatorios; que la caja portaobjeto cumpla con determinadas características y esté firmemente amarrada al rodado.

Juan Manuel Ottaviano, abogado de la Asociación de Personal de Plataformas (APP), consideró “auspicioso que un fallo ponga blanco sobre negro respecto del incumplimiento de las normas laborales, tributarias y municipales de las plataformas”.

La Policía de Capital realizó un relevamiento de más de 400 ciclorodados

Pero añadió que son “cautelosos respecto de los efectos del fallo” porque temen que “todo el costo de la prohibición se cargue sobre los trabajadores”.

“Cada día recibimos decenas de denuncias de trabajadores que son parados en la calle como si fueran motochorros y deben pagar multas que deberían aplicarse a los empleadores”, contó Ottaviano. Y agregó que “el problema es que (los repartidores) no son considerados como empleados por las empresas”.

A su vez, el Ministerio de Salud porteño sumó información al expediente, al advertir que en el lapso de un mes, y siempre hablando del sistema público de Salud de la Ciudad, se atendieron 25 víctimas de accidentes en la vía pública, mientras desempeñaban su tarea de delivery.

Se vienen las apelaciones

Por su parte, la Secretaría de Transporte porteña confirmó que apelará la medida de Gallardo porque “busca prohibir la actividad de empresas de reparto y mensajería”. Y afirmó que recusará “por abuso de autoridad, parcialidad y prejuzgamiento”.

En “Rappi” también aseguraron que apelarán la decisión y expresaron su “preocupación por esta situación, inédita a nivel mundial”. Mientras que desde “Glovo” hablaron de la necesidad de “generar una mesa de trabajo en la que los agentes interesados podamos mantener un debate abierto hasta llegar a un acuerdo que sea beneficioso para todos”.