Inicio Cataluña Estrasburgo declara «inadmisible» la primera demanda contra España por el 1-O

Estrasburgo declara «inadmisible» la primera demanda contra España por el 1-O

El Tribunal de Derechos Humanos de EstrasburgoTha declarado “inadmisible” el recurso presentado por Montserrat Aumatell y Arnau, multada por el Tribunal Constitucional español por su implicación en la organización del referéndum ilegal del 1-0, como miembro de la sindicatura creada por el Parlamento catalán para ejercer a modo de junta electoral.

El 13 de septiembre de 2017, el Constitucional advirtió que el referéndum de independencia se había suspendido y una semana después, el 20 de septiembre, impuso una multa coercitiva diaria de 6.000 euros a todos los miembros de la sindicatura electoral. Dos días después, Aumatell fue informada a través del Boletín Oficial del Estado y  dimitió de su puesto el mismo día. El 14 de noviembre los jueces del Constitucional decidieron desactivar todas las multas tras constatar la dimisión.

Sin embargo, Aumatell decidió presentar denuncia ante la Corte europea de Estrasburgo el 29 de noviembre de 2017 alegando haber sido perseguida por motivos políticos. Además, según la joven, ni el tribunal ni le notificó en persona la multa diaria, ni el hecho de ser miembro de la junta electoral era un delito.

Los jueces, entre los que figura la española María Elosegui, han desestimado todas sus alegaciones por unanimidad en una decisión a la que no cabe recurso. Según la Corte, el hecho de que el Tribunal no le informará personalmente no le impidió tener conocimiento de la decisión. Además, la multa impuesta “fue prescrita por ley” y la joven fue notificada de la decisión del Constitucional sobre la suspensión del referéndum. “Como resultado, ella sabía que su conducta podría resultar en multas y procedimientos penales”, ha declarado el Tribunal.