Inicio Cataluña La JEC abre expediente a Torra, le denuncia al fiscal y ordena...

La JEC abre expediente a Torra, le denuncia al fiscal y ordena a mossos quitar los lazos

Actualizado 21/03/2019 22:21:22 CET

Avisa a Buch de que, si no se retiran los carteles este viernes, también se expone a multa y responsabilidad penal

MADRID, 21 Mar. (EUROPA PRESS) –

La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido abrir un expediente sancionador al presidente de la Generalitat, Quim Torra, por su negativa a cumplir la orden que dictó hace diez días de retirar de sus edificios ‘esteladas’ y lazos amarillos por ser contrarios a la neutralidad que se exige a los poderes públicos en periodo electoral.

Además, ha dado órdenes a la Consejería de Interior para que encargue a los Mossos d’Esquadra la retirada de esas pancartas y ha trasladado el caso a la Fiscalía al apreciar indicios de un delito de desobediencia, lo que podría desembocar en una condena por inhabilitación.

Tras la negativa de Quim Torra a aplicar las sucesivas órdenes para retirar esos símbolos, la JEC ha decidido poner en marcha las tres vías de actuación a su alcance.

De entrada, ha requerido al consejero de Interior de la Generalitat, Miquel Buch, para que dé instrucciones a los Mossos con el fin de que retiren esos símbolos partidistas, tanto los lazos amarillos y las ‘esteladas’ como las otras pancartas de similar contenido y las distintas fotos que se han decidido colocar este jueves como alternativa, ya que siguen vulnerando el deber de neutralidad porque siguen representando a los «presos políticos» que son candidatos de dos partidos concretos (ERC y Junts-PDeCAT).

ULTIMÁTUM PARA QUITAR TODOS LOS SÍMBOLOS

El supervisor da de plazo hasta las 15 horas de este viernes para retirar todos esos símbolos y avisa al conseller de «las responsabilidades administrativas y, en su caso, penales, en que pudiera incurrir si no cumple estrictamente» este acuerdo.

«Se le hace saber además que en el caso de que llegado dicho término no se haya producido ese cumplimiento, se requerirá al Prefecto de Policía de ese Departamento, a quien se le notifica también el presente Acuerdo, para que proceda a su inmediata ejecución», advierte.

En su resolución, el supervisor concluye que Torra no ha llegado a cumplir los acuerdos de la JEC, sino que «se ha limitado a aparentar dicho cumplimiento, al haber sustituido o superpuesto en los símbolos inicialmente instalados en los edificios públicos dependientes de la Generalitat por otros con idéntico sentido partidista, manteniendo una simbología que no resulta neutral y que vulnera el principio de neutralidad política recogido en el artículo 50.2 de la LOREG».

«El presidente de la Generalitat ni impulsó ni controló su ejecución, de manera que en las fechas en que se exigió ese cumplimiento, según constan en informes emitidos por la Delegada del Gobierno en Catalunya, los símbolos se mantuvieron en los mismos lugares», subraya la resolución recogida por Europa Press.

La JEC interpreta que la respuesta de Torra ante los ultimátums «no puede entenderse o valorarse ni tan siquiera como un intento de cumplimiento formal» pues «no tiene otra finalidad que eludir o burlar los requerimientos».

«Ello es así porque tanto la conformación y contenido de los carteles como la identidad de los símbolos incorporados a ellos evidencian que el significado de la propaganda es el mismo, sin que pueda concederse relevancia material a la maniobra de cambiar el color de los lazos que, con la misma forma y trazado, se incorporan a los carteles», explica.

Por ello, y en segundo lugar, la JEC anuncia la apertura de un expediente administrativo al presidente de la Generalitat por no haber accedido a cumplir las órdenes de retirada de los símbolos, lo que podría desembocar en una sanción de 300 a 3.000 euros.

HA HABIDO «VOLUNTAD DE DESOBEDECER»

Y, en tercer lugar, ha dado el primer paso en la vía penal, pues la JEC ha enviado las diligencias a la Fiscalía por las responsabilidades penales en que haya podido incurrir Torra por su «incumplimiento consciente y reiterado» de los Acuerdos de la Junta.

En su opinión, en la actitud de Torra se aprecia «la existencia de una voluntad de desobedecer» la orden del JEC, «llevando a cabo una apariencia de cumplimiento o formas de inejecución directa que vendrían representadas por la ejecución o permisividad de actos tendentes a burlarla abiertamente».

Ese posible delito de desobediencia tiene un precedente por hechos similares, el de la alcaldesa de Berga (Barcelona), Montserrat Venturós, de la CUP, que fue condenada en 2018 a seis meses de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público y a una multa de 540 euros, la mínima atribuible a un delito de desobediencia, por haberse negado a descolgar una bandera ‘estelada’ colocada en el balcón del ayuntamiento durante las elecciones autonómicas y generales de 2015.

Por último, la JEC encarga a la delegada del Gobierno en Catalunya, Teresa Cunillera, para que compruebe el cumplimiento de la resolución, que ya es firme por la vía administrativa y que sólo se podrá recurrir ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses.