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Contesse pidió reabrir el caso SQM para que el SII entregue antecedentes de otras empresas que rectificaron platas políticas | soychile.cl

El ex gerente general de SQM, Patricio Contesse, pidió reabrir el caso para una serie de diligencias.El fiscal Pablo Gómez había cerrado el caso, solicitando para Contesse nueve años y tres meses de pena: siete por delitos tributarios y dos años y tres meses por soborno. Según La Tercera, solicitó citar a declarar a los funcionarios fiscalizadores del Departamento de Delitos Tributarios del Servicio de Impuestos Internos (SII), con el objetivo de «conocer los criterios usados en la interposición de denuncias y querellas en contra de mi representado, y no así en contra de otras grandes empresas que rectificaron impuestos, bajo el contexto de un llamado que hizo el mismo SII durante marzo del año 2015. Asimismo, para la defensa esta diligencia es relevante toda vez que nos permitirá preparar más adecuadamente el interrogatorio o contrainterrogatorio de estos funcionarios del SII, los cuales serán testigos en el juicio oral».También piden que el SII informe de las Actas de Denuncia e Informes de Recopilación de Antecedentes de las empresas Forestal Arauco S.A, Asesorías IMBC Limitada, la empresa Compañía de Petróleos de Chile Copec S.A. y Empresas Copec S.A., la Constructora OAS S.A Agencia en Chile, Inversiones Siemel S.A., Abastible S.A., Banco de Crédito e Inversiones, Ripley Corp S.A., Itaú Corpbanca S.A., Watt’s S.A., CAP S.A.,y Cencosud Retail S.A. La lista podría ampliarse a Inversiones Caburgua, y otras.»La importancia de contar con estos documentos en la presente investigación, radica en que dichos Informes de Recopilación de Antecedentes y Actas de Denuncia corresponden a casos similares, e incluso idénticos, a los de mí representado, de aquello que se ha denominado el ‘financiamiento ilegal de la política’, pero en ellos, a diferencia del caso de mi defendido, de manera arbitraria y contrario al principio de igualdad ante la ley, el Servicio de Impuestos Internos decidió no ejercer la acción penal, sino que se satisfizo con el cobro de los impuestos, intereses y multas, lo que puede ser indiciario de que las conductas imputadas a mi representado, no obstante, ser extremadamente similares, hoy en día, no configurarían delito para el SII», dice el abogado Samuel Donoso.»Lo anterior es de suma importancia para demostrar que la conducta atribuida a mi representado no es imputable objetivamente, por cuanto fue desarrollada –como lo demuestran estos casos y el actuar del mismo Servicio de Impuestos Internos- dentro del riesgo permitido, configurando una conducta socialmente adecuada, y no una conducta que revista caracteres de delito ni perseguible por el Ministerio Público», añadió.