Inicio Colombia 4 días sin motocicletas durante las madrugadas de Cali

4 días sin motocicletas durante las madrugadas de Cali

De la medida se excluye a las autoridades y organismos de seguridad, pero también a quienes justifiquen el uso de esos vehículos durante las horas de la madrugada.

A partir del 1 de enero de este año, entró en vigencia un decreto que limita la circulación de circulación de motos durante los días jueves, viernes, sábado y domingo.

Las disposiciones señalan que la medida se aplica entre la 1:00 a.m. y 5:00 a.m. De las mismas se excluye a quienes pertenecen a organismos de seguridad, de la Secretaría de Movilidad Municipal y de entidades de socorro.
 
El documento señala textualmente a funcionarios o miembros de la Policía, Ejército, Fuerza Aérea, Naval, Inpec), agentes de tránsito, personal de empresas de vigilancia y/o seguridad privada o de servicios de domicilio y mensajería.

Estos deberán estar debidamente uniformados, acreditados y haciendo uso de vehículos destinados a dichas labores.

Los conductores y/o propietarios que infrinjan el nuevo decreto serán sancionados con una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, $414.058 y la inmovilización del vehículo.

El titular de esa dependencia, Juan Carlos Orobio, dijo que 6.000 de 13.000 accidentes tienen participación de motos y son cerca de 125 víctimas fatales. La medida no cubre a los organismos de seguridad o socorro ni a quienes justifiquen trabajar con esos vehículos.

En consultas de medios y en redes, usuarios de motos dicen que los perjudicaran cuando salgan a trabajar.

En el decreto se advierte que está restringido el transporte de pasajero hombre mayor de 10 años en el área urbana de la ciudad.