Inicio Colombia ‘No soy nadie para condenar’: papá de víctima de tragedia en Fundación

‘No soy nadie para condenar’: papá de víctima de tragedia en Fundación

La decisión de la juez quinta penal municipal con funciones de control de garantías de Santa Marta, María Juliana Pérez, de dejar en libertad por vencimiento de la medida de aseguramiento al conductor Jaime Gutiérrez Ospino y el líder espiritual Manuel Salvador Ibarra Plazas, implicados en el accidente de un bus que ocasionó la muerte de 33 niños y una mujer el 18 de mayo de 2014 en Fundación, Magdalena, provocó la reacción de los familiares y abogados de las víctimas.

Jorge Luis Barrios, padre de Charit Barrios, de 7 años, una de las menores que murió incinerada tras incendiarse el bus en el que se dirigían a sus viviendas después de salir de la escuela dominical de la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia, dijo que no es nadie para condenar la decisión de la juez.

“La palabra de Dios dice que si yo juzgo seré condenado. El señor Manuel Ibarra y yo perdimos un ser querido y creo que nadie tiene intención de hacer una cosa de esas (…) Yo creo que ese señor también ha sufrido mucho, que el Señor lo ayude. Creo que hay unas leyes a las cuales tenemos que sujetarnos que son las leyes terrenales y si ellos determinaron eso, ellos son los que trabajan en ese aspecto”, expresó Barrios.

Yo creo que ese señor también ha sufrido mucho, que el Señor lo ayude

Por su parte, el abogado Sebastián Gómez, apoderado de un grupo de familiares de las víctimas, dijo que no tiene los elementos suficientes para decir si la decisión de la juez está ajustada o no al derecho porque no ha sido notificado.

No obstante, expresó que si fue por vencimientos de términos “esto sería resultado del deficiente funcionamiento de la administración de justicia, que ha dado múltiples fallos, nulidades, ha habido cambios de jueces, el fiscal no asiste a múltiples audiencias, lo que ha acarreado que hayan pasado más de tres años después de iniciarse este proceso y que lo más probable es que la consideración de la juez haya sido vencimientos de términos porque superó los términos máximos que declara la ley, que son de un año”.

Los abogados Mauricio Ramírez y Diego Duque, apoderados de los acusados, explicaron que en la audiencia realizada el pasado martes en Santa Marta solicitaron el levantamiento de la medida de aseguramiento privativa de la libertad impuesta a sus defendidos, con base en la Ley 1786 de 2016, la cual establece que el término no podrá exceder de un año, y que fuera sustituida por la libertad.

“Esta fue una solicitud elevada por la defensa atendiendo que el desarrollo del proceso había tomado hasta la fecha tres años y seis meses, lo que excede el término máximo que contempla la ley de privación de la libertad, que es de un año, prorrogable hasta por otro año, siempre que la Fiscalía lo pida. En este caso la Fiscalía no lo solicitó y por esta razón no se prorroga el término”, dijo Duque.

En este caso la Fiscalía no lo solicitó y por esta razón no se prorroga el término

Agregó que esto no se había hecho antes debido al preacuerdo que se suscribió entre la Fiscalía y los acusados, que cambió el delito de homicidio simple en concurso homogéneo y simultáneo en la modalidad de dolo eventual, a homicidio culposo, que inicialmente fue aprobado y en julio de 2017 el Tribunal Superior de Santa Marta decretó su nulidad.

Gutiérrez e Ibarra, quienes se encuentran recluidos desde mayo de 2014 en la cárcel Modelo de Barranquilla acusados del delito de homicidio en concurso homogéneo y simultáneo en la modalidad de dolo eventual, recobrarán la libertad entre este miércoles y jueves, luego de cumplir con los protocolos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec). Sin embargo, seguirán vinculados al proceso.

La audiencia preparatoria del juicio oral, según Duque, está prevista para el 15 de enero de 2018, a la que ambos acusados están obligados a comparecer.

PAOLA BENJUMEA BRITO
Redactora de EL TIEMPO
SANTA MARTA