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Atresmedia interpone un recurso contra la Junta Electoral Central por impedir el debate a cinco con VOX

Atresmedia interpondrá un recurso en el Tribunal Supremo contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de excluir a VOX del debate electoral a cinco que tenían preparado de cara a las elecciones generales del 28A. La decisión del organismo argumentaba que la invitación no respetaba el principio de proporcionalidad, dado que la formación verde no había alcanzado el mínimo de 5% de representatividad en unas elecciones anteriores equivalentes.

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Según informan desde el grupo audiovisual, la decisión radica en su compromiso de «garantizar la libertad de información«. En palabras de Isaac Salama, del bufete de abogados encargado de llevar el caso, Salama García Blanco, la normativa electoral es un «criterio restrictivo» y atenta contra «un derecho consagrado por la constitución española y por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos», como es el antes mencionado.

Y es que, la JCE falló en favor de una reclamación de Junts per Catalunya, PNV y Coalición Canaria contra la presencia de VOX en el debate, dado que, al igual que ellos, no podía ser considerado un «grupo político significativo» y la invitación incurría en una discriminación hacia las demás formaciones, tal y como recoge la Instrucción 4/2011 de la ley Electoral.

No obstante, tanto el abogado del grupo como la directiva de Atresmedia defendían la presencia de VOX en la cita amparándose bajo los datos del CIS, que atribuían a la formación de Santiago Abascal una intención de voto superior al 10%. De hecho, el propio Pedro Sánchez, que ostentaba la presidencia, prefirió ir en un primer momento al debate organizado por Antena 3 y laSexta por considerarlo más plural que el de RTVE, que sí se había ceñido a la normativa y no había contado con el partido verde.

Agotar todas las instancias

Isaac Salama ha explicado que la estrategia que pretenden plantear es cuestionar «si la decisión de la JCE contribuyó a que los votantes tomaran su decisión de voto con mayor o menor grado de información sobre las candidaturas que concurrían a las elecciones». Si la respuesta es menor, el abogado considera que se habría incurrido en un problema de libertad de expresión. «No sabemos a quién hubiera beneficiado o perjudicado otra decisión de la junta, pero que tuvo incidencia es indudable«, sentencia.

Por último, el abogado ha confirmado que si el Supremo no falla en favor del grupo, están dispuestos a ir hasta el Constitucional a través de una demanda de amparo. De obtener otra negativa, se acudirá hasta el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, donde sería la primera vez que tiene lugar un caso de tales características.