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A juicio matrimonio evangelista guantanamero

Tribunal Provincial Popular de Guantánamo (Foto tsp.gob.cu)

MIAMI, Estados Unidos. – Este lunes 22 de abril tendrá lugar el juicio oral contra del pastor evangélico guantanamero Ramón Rigual, detenido desde el pasado martes 16 de abril, y su esposa.

La noticia fue confirmada a CubaNet por la hija de Ramón, Ruth Rigual Expósito, quien quedó a cargo del cuidado de los familiares de sus padres.

Según declaró a este medio el opositor pacífico Niober García Fournier,  Ramón Rigual, vecino de la calle Luz Caballero, entre Donato Mármol y Bernabé Varona, Guantánamo, está acusado por la presunta comisión de los delitos de Asociaciones, Reuniones y Manifestaciones Ilícitas y Otros Actos Contrarios al Normal Desarrollo del Menor, previstos y sancionados en los artículos 208  y 315 del Código Penal, respectivamente, aunque no se descarta que la seguridad del Estado -que es la que dirige a los tribunales cubanos en casos como éste y la que fija la sanción a aplicar- también le impute la presunta comisión de un delito de Abuso de la libertad de Cultos, previsto y sancionado en el artículo 206 del Código Penal.

De acuerdo con esa información, Ramón Rigual fue sancionado en 2018 a un año de privación de libertad, condena que fue sustituida por trabajo correccional sin internamiento por los mismos delitos y cumplió chapeando para la empresa de servicios comunales de Guantánamo.

Todo parece indicar que el delito de Asociación Ilícita se le imputa al pastor porque el Estado no le ha otorgado el permiso para realizar las celebraciones de su fe en su domicilio.

En cuanto al delito de Otros Actos Contrarios al Normal Desarrollo del Menor, se les imputa porque Ramón y su esposa se niegan a que sus hijos asistan a las escuelas del Estado, debido al adoctrinamiento ideológico y ateísta que estas imponen a sus educandos. Por tal razón, el matrimonio decidió educar a sus hijos conforme a un programa educativo refrendado por una Iglesia Protestante radicada en el extranjero, un derecho reconocido en el artículo 26.3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el artículo 29.2 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que el gobierno cubano viola sistemáticamente.

El juicio oral, señalado previamente para el martes pasado, fue suspendido luego de que el pastor evangélico expresara su inconformidad con el tribunal y exigiera la presencia de un defensor.

El pasado martes la Seguridad del Estado tomó militarmente la sede del Tribunal Municipal Popular de Guantánamo e impidió el libre acceso al local de los hermanos de religión del pastor, conforme autoriza el artículo 305  de la Ley de Procedimiento Penal. La arbitrariedad de este cuerpo represivo de los esbirros del castrismo llegó al extremo de impedir la presencia de opositores en las cercanías del tribunal.

Según lo establecido en el Código Penal cubano, Ramón Rigual puede ser sancionado a una pena privativa de libertad de tres meses a un año por el delito de Asociación, Reuniones y Manifestaciones Ilícitas y a igual sanción por el delito de Otros Actos Contrarios al Normal Desarrollo del Menor.