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La deuda de los asaltantes al Moncada Cubanet

Antiguo Cuartel Moncada (albaciudad.org)

LAS TUNAS, Cuba.- Un viejo archivero se encuentra iracundo por estos días. Bajo apremio judicial, habían metido en la cárcel a alguien que, además de su amigo, era su transportista y recién había recuperado la libertad tras meses de encierro.

El bicitaxista amigo del viejo archivero, además de transportar pasajeros, era activista de UNPACU (Unión Patriótica de Cuba), y al compás del pedaleo solía dispersar octavillas anticastristas.

Pero el activista de UNPACU no había ido a la cárcel por el delito de “propaganda enemiga”, previsto y sancionado por el Código Penal cubano, sino como apremio por haberse negado a pagar las multas impuestas a resultas de “atentar contra el ornato público” tirando “papeles” en las calles.

“Con techos de vidrio lanzan piedras a los tejados ajenos. ¿Y qué pretenden? ¿Que les devuelvan rosas? Mira, escribe de esto”, dijo el viejo archivero dándome un legajo de papeles amarillentos.

Di vueltas al legajo de largas cuartillas del tipo oficio, de indudable procedencia judicial, pero no continué por temor a que las hojas de papel se deshicieran en mis manos y tontamente sólo dije: “Sí, esto es la copia o la fotocopia de una sentencia de antes de 1959, ¿no?”

Enfadado ahora no con los jueces y los policías castristas que habían mandado a la cárcel a su amigo, sino conmigo por no discernir que era aquella el acta de condena del difunto Fidel Castro por el asalto al Cuartel Moncada el 26 de julio de 1953, el viejo archivero me ordenó: “¡Lee!”

Pero al momento cambió de opinión diciéndome: “No, dame acá, te vas a perder en la sanción penal que es lo que menos importa, déjame yo leerte esto.”

Luego de pasar algunas hojas del legajo, el viejo archivero leyó: “Así mismo imponemos como responsabilidad de carácter civil la obligación de indemnizar a los herederos de los segundos tenientes Pedro Feraud Mejías y Andrés Morales Álvarez en la suma de cinco mil pesos moneda oficial; a los herederos de los sargentos Ramón Silverio Enríquez y Luis Oliva en la suma de cuatro mil pesos…”

“Un momento”, dije, sacando mi libreta de notas y apuntando las cifras que el viejo acababa de citar.

“Pues como veo que cogiste al vuelo este asunto continúo”, dijo el viejo y prosiguió leyendo: “A los herederos de los cabos Isidro C. Izquierdo Rodríguez y Nemesio Traba Montero, en la suma de tres mil pesos; a los herederos de los soldados Manuel Álvarez Morgado, Urbano Sánchez Ávila, Jesús Sánchez Pruna, Eusebio Baró Melodio, Felino Miró Ruíz, José Vázquez, Ibrahim Galano Liranza, Pedro Guilarte y Ramiro Saturnino Santiesteban, en la suma de dos mil pesos; a los herederos del cabo de la banda de música Manuel Miras Nieve, en la suma de tres mil pesos; a los herederos del sargento de la Policía Nacional Gerónimo Suárez Camejo, en la suma de cuatro mil pesos, a los herederos del vigilante de la Policía Nacional Pedro M. Pompa Castañeda, en la suma de dos mil pesos y a los herederos del vigilante Roberto Fernandiz en la suma de mil pesos… ¿Cuánto suma eso?”, preguntó el viejo.

“Déjeme ver… 52 mil pesos”, dije.

“Pero esto no para aquí, esa era la indemnización para los herederos de los muertos, ahora viene la de los heridos”, dijo el viejo archivero y prosiguió la lectura: “Y a indemnizar en la suma de treinta pesos al teniente…”, la lista de indemnizados por cuantías menores era larga y al final el archivero volvió a preguntar: “¿Cuánto suma esta?”

“Un momento… 1250 pesos”, dije.

“Pero la cosa no para ahí,” dijo el viejo, y leyó: “Y así mismo a indemnizar al Estado cubano en la suma de dos mil cuatrocientos setenta y un pesos y veintidós centavos, importe de los daños causados en las dependencias del Cuartel Moncada, del Hospital Militar, del Reparto Militar, del Hospital Civil y del Palacio de Justicia, cuyas cantidades harán efectivas solidariamente, sufriendo en definitiva y en defecto del pago de las mismas, apremio personal subsidiario a razón de un día por cada tres pesos que no abonaren,” concluyó su lectura el archivero preguntando:

“¿A cuánto asciende la suma total?”

“Déjeme ver… 52 mil pesos más 1250… 53 250 más 2 471,22… 55 721,22”, dije.

“¡Ajá…!”, exclamó el archivero, añadiendo: “De todas formas el apremio no podía exceder de seis meses de cárcel.”

“¡Oiga… pero si los asaltantes al Cuartel Moncada fueron amnistiados! Sólo pasaron en la cárcel 21 meses y 15 días”, dije.

El viejo archivero me miró como si quisiera traspasarme con la mirada, como diciendo: “¡Qué jurista más comemierda es éste!” Y abochornado, admití: “Sí, usted tiene razón, la amnistía o el indulto no exoneran la responsabilidad penal.”

Era aquella una certeza inobjetable: la Ley de Amnistía No.2 de fecha 6 de mayo de 1955, por la que los asaltantes al Cuartel Moncada fueron liberados cuando aún no habían cumplido dos años de prisión, no incluía la responsabilidad civil por daños y perjuicios y a esos efectos su artículo 8 expresaba: “La aplicación de esta amnistía no exonera de las responsabilidades de orden civil que fueron consecuencia de la penal en estos casos.”

Incluso hoy, el vigente Código Penal cubano se expresa en esos términos: “La amnistía extingue la sanción y todos sus efectos, aunque no se extiende a la responsabilidad civil, a menos que en la ley respectiva se disponga otra cosa”.

Y otra cosa se había dispuesto con los asaltantes al Cuartel Moncada el 26 de julio de 1953: habían sido liberados de la responsabilidad penal, pero no habían sido exonerados de la responsabilidad civil, y, apremiados por los tribunales, podían ir a la cárcel durante seis meses por ese incumplimiento.

Pero no pocos asaltantes liberados el 15 de mayo de 1955, ya en junio se habían instalados en México. Personalmente el difunto Fidel Castro se instaló en ese país el 7 de julio de 1955, pero ya antes lo había hecho el ahora general Raúl Castro, bajo cuyo régimen a no pocos cubanos se les impide salir de Cuba porque tienen pagos de multas pendientes, mientras que a otros se les lleva a la cárcel por no pagar multas traídas por los pelos.

¿Quién lo diría…? Y todavía algunos hablan de la “dictadura cruel de Fulgencio Batista” sin mirarse al espejo. Quizás, si lo hicieran, en el vidrio encontraran a huidizos apremiados ahora haciendo de apremiantes jueces.