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Legislación insuficiente para tierras en usufructo

Terrenos entregados en usufructo (Foto Archivo)

LA HABANA, Cuba.- El usufructo de las tierras estatales necesitó diez años, desde la promulgación del Decreto-Ley No. 259 en julio de 2008, para que el gobierno reconociera la necesidad de extender los términos de 10 a 20 años y la extensión de 13,42 a 26.84 hectáreas (2 caballerías), con posibilidad de incremento a 67,10 hectáreas (5 caballerías).

Las modificaciones en la entrega de tierras estatales ociosas en usufructo, decididas en el Consejo de Ministros a finales de junio de 2017, fueron publicadas en la Gaceta Oficial No. 39 Extraordinaria el 7 de agosto de 2018. Medidas que no entrarán en vigor hasta el 7 de octubre, a pesar de que Raúl Castro definió la agricultura como un asunto estratégico, pues no se recupera, escasean los productos y los precios son elevados.

El Decreto-Ley No 358/2018 del Consejo de Estado fue firmado por su presidente Raúl Castro el 9 de abril. El Decreto No. 350/2018 del Consejo de Ministros recibió la firma de Miguel Díaz-Canel, nuevo presidente designado de los Consejos de Estado y de Ministros, el 29 de junio. Y la Resolución No. 376/2018 del Ministerio de la Agricultura, rubricado por el Ministro Gustavo Rodríguez Rollero, el 4 de julio. Derogaron el Decreto-Ley No. 300 y su Reglamento en septiembre de 2012.

En el Consejo de Ministros mencionado, el vicepresidente Marino Murillo detalló los cambios fundamentales y señaló que la solicitud de tierras era limitada, pues generalmente las disponibles eran menos productivas, con alta infestación de marabú, alejadas de los asentamientos poblacionales y de los servicios básicos, o con dificultades para acceder a las fuentes de agua, según un texto publicado por el diario comunista Granma el 29/6/17. Menos del 25% de los suelos tienen niveles de primera y segunda categoría; la mayor parte de las tierras disponibles tienen niveles tres y cuatro, o sea con muy baja productividad agrícola, señaló Eddy Sosa Baldaquín, director de Suelos y Control de la Tierra del Ministerio de la Agricultura en conferencia de prensa sobre las transformaciones en la legislación que se adoptaría, (Granma, 17-8-17).

El propósito es consolidar el proceso, otorgar mayores garantías a los usufructuarios, y un mayor control estatal sobre el uso eficiente y racional de la tierra, en aras de desarrollar la producción agropecuaria y forestal del país, declaró en conferencia de prensa Orlando Díaz Rodríguez, director jurídico del Ministerio de la Agricultura, (Granma el 7-8-18).

Entre las modificaciones se encuentran que: en el caso de la ganadería mayor y cultivos a realizar en polos productivos, el área mínima a entregarse será de 26.84 hectáreas (ha), con una posible ampliación hasta 67.10 ha (cinco caballerías), lo cual tiene el propósito de facilitar la aplicación de tecnologías y lograr resultados competitivos. También aumentó el área para la construcción o ampliación de bienhechurías hasta el 3 % del total de la tierra otorgada, era de 1 %. La entrega a personas naturales –antes era solo a las jurídicas– de áreas ociosas de la ganadería comercial se autorizó para las producciones de cría y ceba de ganado, no así las destinadas a la producción de leche o planes genéticos, las que tienen sus programas de desarrollo. Será obligatorio sembrar alimento animal para el desarrollo del ganado mayor, hasta cubrir el balance alimentario de la masa que posee el usufructuario.

Las personas naturales, poseedoras de tierras, podrán vincularse o integrarse a empresas agropecuarias, azucareras o forestales. Anteriormente solo podían vincularse a una Unidad Básica de Producción Cooperativa (UBPC), una Cooperativa de Producción Agropecuaria (CPA), granjas estatales de nuevo tipo o a una Cooperativa de Crédito y Servicios (CCS).

La medida permite un mayor alcance de la responsabilidad que tiene la empresa estatal en la atención directa a los usufructuarios, que implica la prestación de servicios, la venta de insumos y la comercialización de sus producciones. La integración requerirá la entrega de la tierra que posee el campesino en usufructo para luego convertirse en obrero o cooperativista, expresó Díaz Rodríguez. Los usufructuarios están obligados a depender de alguna de esas entidades y la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP), para hacerlos totalmente manejados por el gobierno.

Nuevas causales para la extinción del contrato se añaden, entre ellas, la utilización de financiamientos ilícitos para el desarrollo de las producciones, el incumplimiento de  la afiliación a la seguridad social, que los usufructuarios no trabajen y administren de forma personal y directa las tierras (aunque podrán contratar fuerza de trabajo para realizar las labores agrícolas que garanticen sus producciones, cumpliendo las regulaciones establecidas para ello), manifestar una conducta moral y social contraria a los principios éticos de la sociedad socialista, y el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Decreto Ley y su Reglamento. También cesa el contrato cuando se requiere utilizar parte del área por necesidad pública o con un interés social.

Se modificaron además los procedimientos de solicitud y aprobación de tierras estatales ociosas para hacerlos más agiles, al responsabilizar de las decisiones al delegado o director de la agricultura municipal o provincial, se definieron los períodos para las respuestas, asi como la posibilidad de establecer recurso de apelación. Este año comenzaron a aplicarse gradualmente los impuestos previstos en la Ley Tributaria sobre el uso, posesión y ociosidad de la tierra.

Las tierras entregadas desde 2008 ascienden a 2 102 454 hectáreas, y se han recibido 244 851 solicitudes, de 241 604 personas naturales y 3 247  personas jurídicas. Podrían entregarse 472 000 hectáreas más, y 800 licenciados del Servicio Militar Activo ya han recibido tierras (Juventud Rebelde, 7-8-18).

Los minoritarios agricultores privados han sido los más productivos desde 1959, a pesar de las restricciones impuestas por el gobierno. Los usufructuarios reciben suelos degradados en lugares apartados, tienen que realizar un duro trabajo sin implementos adecuados, mientras los controles y los bajos precios desestimulan. La ineficiencia y el abandono del campo no pueden achacarse únicamente a la sequía, las torrenciales lluvias y los huracanes. La agroindustria y sus tradiciones destruidas no serán recuperadas por las mismas personas y los métodos que las llevaron a su estado actual.