Inicio Destacadas El Constitucional no resolverá las dudas sobre la prisión permanente revisable

El Constitucional no resolverá las dudas sobre la prisión permanente revisable

El 27 de julio de 2015, hace ya casi dos años y ocho meses, el Tribunal Constitucional admitía a trámite los recursos presentados por PSOE, Convergencia i Unión, IU, ICV-EUiA, CHA, la Izquierda Plural, UPyD, el Grupo Parlamentario Vasco y el Mixto contra la Ley que aprobaba la Prisión Permanente Revisable. Tras esa decisión, se designó ponente de la resolución al magistrado Fernando Valdés y se solicitó las alegaciones correspondientes, informando la Abogacía del Estado en contra de la impugnación. Los grupos de la oposición alegaban que esa pena vulneraba cuatro artículos de la Constitución, en concreto el 15.1, que prohíbe penas inhumanas; el 17, que regula el principio de proporcionalidad; el 25.1, ya que no es una pena determinada sino que se prolonga en el tiempo incluso hasta la muerte del reo, y el 25.2, al restringir la posibilidad de reinserción.

El PSOE, ayer, volvió a incidir en que esa ley es inconstitucional y que sigue a la espera de que pronuncie el Tribunal Constitucional, según aseguró la vicesecretaria general socialista, Adriana Lastra. Sin embargo, los hechos parecen desmentirle, ya que este jueves pueden seguir adelante los trámites para derogar la ley, si, como todo hace indicar, el PSOE suma sus votos a los nacionalistas vascos, Bildu, nacionalistas catalanes y Podemos para tumbarla. A favor del mantenimiento de la misma se quedarían PP y Ciudadanos. Una derogación que impedirá que el TC se pronuncie, precisamente, sobre los motivos esgrimidos por los socialistas en su recurso.

Y todo ello, en un momento en que el Alto Tribunal no tiene en su agenda a corto plazo la resolución de los mencionados recursos, que se acumularon en uno, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes del TC.

De hecho, está previsto que celebren un nuevo pleno el martes, miércoles y jueves de la próxima semana, pero, en principio, no se prevé que vaya en el orden del día. Por tanto, se iniciará el debate para derogar la ley sin que el tribunal garante de la Constitución se haya pronunciado sobre algo tan relevante como si la Prisión Permanente Revisable es constitucional o no, de si afecta a la reinserción o no. Si finalmente dentro de unos meses se deroga , el Alto Tribunal no entrará en el fondo de este asunto y lo único será dictar una resolución en la que los magistrados expliquen los motivos que han llevado a la pérdida del objeto del recurso, pero nada más, sin valorar si la ley impugnada es o no acorde con la Carta Magna.

En un principio, la pena de Prisión Permanente Revisable se aplicaba a los supuestos de asesinato de menor de 16 años o persona especialmente vulnerable; asesinato subsiguiente a un delito contra la libertad sexual; asesinato cometido por miembro de organización criminal; asesinato múltiple; asesinato terrorista; homicidio del jefe del Estado o heredero; homicidio de jefes de Estado extranjeros y genocidio o crímenes de lesa humanidad. Sin embargo, el pasado mes de febrero se amplió a los supuestos de obstrucción de la recuperación del cadáver, asesinato después de secuestro, violaciones en serie, violación a un menor tras privarle de libertad o torturarle y muertes en incendios, estragos en infraestructuras críticas o liberación de energía nuclear o elementos radiactivos.

El Gobierno ha defendido la imposición de esta pena al considerar que en ningún caso «constituye, por ello, una suerte de “pena definitiva” en la que el Estado se desentiende del penado». En ese marco, se establecía un doble régimen para la revisión de la condena: «Cumplida una parte de la condena que oscila entre 25 y 35 años de condena, el Tribunal deberá revisar de oficio si la prisión debe ser mantenida cada dos años; y lo hará también siempre que el penado lo solicite, si bien tras la desestimación de una petición podrá fijar un plazo máximo de un año dentro del cual no se dará curso a nuevas solicitudes». El ministro Catalá aseguró el pasado mes de febrero que la inmensa mayoría de la sociedad apoya esa pena, tal como reflejan las encuestas.