Inicio Destacadas Un Parlamento al antojo de Sánchez: el «rodillo» PSOE-Podemos

Un Parlamento al antojo de Sánchez: el «rodillo» PSOE-Podemos

La aritmética salida de las urnas del 28 de abril ha dibujado un Congreso de los Diputados extraordinariamente cómodo para el próximo Gobierno de Pedro Sánchez. El pacto alcanzado entre el PSOE y Podemos ha otorgado a estos dos grupos la mayoría en la Mesa de la Cámara Baja: ocupan cinco de sus nueve puestos, de manera que tienen asegurada la mayoría en todas y cada una de las deliberaciones que tenga que afrontar este órgano, que será clave en los próximos años, al ser el que decide el ritmo de tramitación de todas las iniciativas parlamentarias.

Ayer, la primera reunión de la Mesa sirvió para escenificar precisamente esto, que en esta legislatura el «rodillo» ha cambiado de manos. Si el PSOE y Podemos denunciaron, durante el mandato pasado, que PP y Cs bloqueaban todas sus iniciativas, ahora son los de Sánchez y los de Iglesias los que tienen en sus manos esta herramienta. La presidenta de la Cámara, Meritxell Batet, logró ayer con el apoyo de los otros dos representantes del PSOE y los dos miembros de Podemos aplazar un día más la decisión sobre la suspensión de los cuatro diputados catalanes presos. La mayoría de PSOE y Podemos pasó por alto el requerimiento que por la mañana el Supremo había formalizado para que la Mesa resolviera la suspensión de Junqueras, Rull, Turull y Sánchez y de la propia literalidad del Reglamento del Congreso, que deja poco margen para la interpretación y establece que la suspensión debe ser inmediata.

La mayoría en la Mesa no será la única ventaja con la que cuente el PSOE en este mandato. El reglamento del Congreso regula la capacidad de los distintos grupos de realizar propuestas y de modificar el habitual funcionamiento de las sesiones plenarias y de las comisiones. Lo hace en función del número de diputados de cada bancada. Y se da la circunstancia de que un buen número de iniciativas –un total de 18– que recoge el reglamento están reservadas a los grupos que cuentan con, al menos, una quinta parte de los escaños del hemiciclo. O lo que es lo mismo, a los partidos que cuentan con 70 o más diputados del total de 350 de la Cámara. Por primera vez en nuestra historia democrática desde 1986, solo un grupo parlamentario supera esa barrera. Es el PSOE, con 123 diputados, el único que llega a ese umbral mínimo y reúne a una quinta parte del Congreso. El Partido Popular, primer partido de la oposición, logró en las elecciones generales 66 diputados.

De entre todas estas prerrogativas destacan dos. En primer lugar, la capacidad de liderar una reforma constitucional: «Los proyectos y proposiciones de reforma constitucional a que se refieren los artículos 166 y 167 de la Constitución se tramitarán conforme a las normas establecidas en este Reglamento para los proyectos y proposiciones de ley, si bien éstas deberán ir suscritas por dos Grupos Parlamentarios o por una quinta parte de los Diputados», recoge el reglamento de la Cámara Baja. Esto implica que los demás grupos deberán ponerse de acuerdo –PP y Cs, por ejemplo– para impulsar una reforma de la Carta Magna.

Los grupos de la oposición –ninguno de ellos– tampoco podrán exigir la comparecencia del presidente del Gobierno o de alguno de sus ministros ante el Pleno del Congreso y ante las comisiones parlamentarias. Estas comparecencias son acordadas por la Mesa de la Cámara y la Junta de Portavoces a propuesta, también en este caso, de dos grupos parlamentarios o de una quinta parte del Congreso.

Entre las iniciativas que solo el PSOE podrá impulsar esta legislatura se encuentra también la posibilidad de convocar una reunión de la Junta de Portavoces. Del mismo modo, solo los grupos que sumen, al menos, esos 70 diputados podrán proponer las siguientes cuestiones: la convocatoria de una comisión; la creación de una comisión de investigación sobre cualquier asunto de interés público o la creación de comisiones no permanentes distintas de las fijas.

El artículo 54 del Reglamento recoge que también «el Pleno del Congreso será convocado por su Presidente, por propia iniciativa o a solicitud, al menos, de dos Grupos Parlamentarios o de una quinta parte de los miembros de la Cámara». Un escenario que se reproduce a la hora de poder convocar la reunión de la Diputación Permanente. Ese número de diputados es también el mínimo que se requiere para modificar el calendario de celebración de los plenos –que en principio tienen lugar entre el martes y el jueves de cada semana–; solicitar que una sesión plenaria o una comisión no sean públicas y se celebren a puerta cerrada; modificar el orden del día de un Pleno o una comisión; pedir que una votación pública se realice por llamamiento o de forma secreta en urna –en lugar de a través del sistema electrónico–; solicitar que una iniciativa sea tramitada por el procedimiento de urgencia; remitir al Tribunal Constitucional un requerimiento si existen dudas sobre la constitucionalidad de un tratado o un convenio en tramitación, e introducir en el Parlamento el debate en torno a la necesidad de que el Estado dicte leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las disposicionesnormativas de las autonomías.