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El Ejecutivo utilizará el IPC de diciembre de 2019 a noviembre de 2020 para la compensación a los pensionistas

MADRID, 15 Ene. (EUROPA PRESS) –

El Gobierno utilizará la media de IPC interanual de los meses de diciembre de 2019 a noviembre de 2020 como referencia para compensar a los pensionistas en caso de que este dato supere la subida de las pensiones en un 0,9% para este año.

Así, si el IPC medio interanual de diciembre de 2019 a noviembre de 2020 sobrepasa el 0,9%, a los pensionistas se les abonará la diferencia en un pago único que recibirán antes del 1 de abril de 2021.

Así consta en el Real Decreto-ley de revalorización de las pensiones para 2020 aprobado ayer por el Consejo de Ministros y que entrará en vigor mañana, según recoge este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En el Real Decreto-ley se elevan un 0,9% las pensiones, tanto contributivas como no contributivas y de clases pasivas, con efectos retroactivos desde el 1 de enero. Los atrasos correspondientes al mes de enero se incluirán en la nómina de las pensiones de febrero, según precisó ayer el Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social.

El coste de esta revalorización asciende a 1.406 millones de euros, de los que 1.229 millones de euros corresponden a la subida de las pensiones contributivas, 144 millones a la de clases pasivas, 23 millones de euros a las pensiones no contributivas y 10 millones de euros a las prestaciones familiares por hijo a cargo, que también se revalorizan un 0,9% en 2020.

La subida beneficiará a más de 9,8 millones de pensiones contributivas, más de 655.000 de clases pasivas, 451.156 pensiones no contributivas y 195.000 pensiones por hijos a cargo con discapacidad mayor o igual al 65%.

Es el tercer año consecutivo, tras 2018 y 2019, en el que las pensiones aumentan por encima del mínimo legal previsto (0,25%). El año pasado se incrementaron un 1,6% con carácter general y un 3% en el caso de las mínimas y no contributivas.

CUANTÍA DE LAS PENSIONES TRAS APLICAR LA SUBIDA

Con la subida del 0,9%, el importe de la pensión mínima para los jubilados de 65 años con cónyuge a cargo quedará en 843,4 euros al mes en 14 pagas (frente a los 835,6 euros al mes actuales), la de sin cónyuge en 683,49 euros (677,4 euros actualmente) y la de con cónyuge no a cargo en 648,68 euros mensuales (frente a los 642,9 euros actuales).

Por su parte, la pensión máxima de jubilación se situará en 2.683,34 euros mensuales.

Por su parte, la pensión mínima de viudedad para los titulares con cargas familiares se situará en 790,6 euros mensuales, en contraste con los actuales 783,6 euros al mes.

En el caso de ser mayor de 65 años o de tener una discapacidad mayor o igual al 65% la pensión mínima de viudedad será de 683,49 euros. Si el titular de la pensión tiene entre 60 y 64 años, la cuantía será de 639,4 euros, mientras que en el caso de los beneficiarios menores de 60 años la prestación será de 517,7 euros mensuales.

En el caso de las pensiones de orfandad, el importe mínimo ascenderá a 208,8 euros mensuales por beneficiario (antes 207 euros), mientras que si el beneficiario tiene menos de 18 años y cuenta con una discapacidad superior o igual al 65% la cuantía será de 410,96 euros mensuales.