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Los vocales del CGPJ que querían ir al TC insisten en las dudas sobre la competencia del Congreso para reformarles

MADRID, 29 Abr. (EUROPA PRESS) –

Los ocho vocales del sector conservador del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que obligaron a este órgano a plantearse la posibilidad de acudir al Tribunal Constitucional contra su reciente reforma, que les resta atribuciones, insisten en su voto particular en la existencia de «dudas competenciales» y «razones de seguridad jurídica» que aconsejaban dicho recurso.

En el texto del voto particular, al que ha tenido acceso Europa Press, los vocales que fracasaron en el Pleno Extraordinario sobre ese asunto celebrado este miércoles reproducen el borrador del recurso de atribuciones que hubieran planteado, en el que solicitan pedir expresamente a las Cortes Generales que «se deje sin efecto la supresión de competencias constitucionales» que se han visto afectadas por la reciente reforma aplicable a este órgano, que se encuentra en funciones.

La reforma, a juicio de este sector de Consejo, produce «un menoscabo en una de las principales competencias que la Constitución le encomienda», que es la de nombramientos.

Insisten en que la reforma instada por el PSOE y PP, al privar al CGPJ de una competencia –que le atribuye expresa y de manera exclusiva y excluyente la Constitución en el artículo 122.2 para nombramientos y para propuesta de nombramientos en el artículo 159.1–, está «menoscabando al Consejo competencias que la Constitución le confiere».

Lo que estos vocales pretendían mediante el ejercicio del denominado conflicto de atribuciones es recordar a los diputados que el CGPJ tiene como principal misión la de defender la independencia justicia, y que para ello la Constitución le dota de competencias específicas que
la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) desarrolla, entre ellas los nombramientos.

Así, en su voto particular insisten en que «las lesiones que se están produciendo ante las incertidumbres en el ejercicio de competencias derivadas de la entrada en vigor de la reforma legal son reales y efectivas».