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Bruselas inicia el proceso para suspender el derecho a voto de Polonia por sus reformas antidemocráticas

Publicado 20/12/2017 13:34:01CET

Reconsiderará su posición si Varsovia da marcha atrás en sus reformas de aquí a 3 meses

BRUSELAS, 20 Dic. (EUROPA PRESS) –

La Comisión Europea ha iniciado este miércoles el proceso para activar el artículo 7 del Tratado de la Unión Europea por la amenaza del Estado de derecho en Polonia, un proceso sancionador que en última instancia podría llevar a suspender el derecho a voto de Varsovia en la toma de decisiones a Veintiocho.

«Con gran pesar hemos activado el artículo 7.1 (del Tratado de la Unión Europea), pero los hechos no nos dejaban otra opción», ha anunciado en una rueda de prensa el vicepresidente primero del Ejecutivo comunitario y responsable de Estado de derecho, Frans Timmermans.

Timmermans ha querido subrayar que la decisión llega tras dos años intentando sin éxito establecer un diálogo con Varsovia para tratar de enmendar la controvertida reforma de la judicatura que preocupa a Bruselas, porque a su juicio concede al Gobierno ultraconservador polaco todo el control sobre el Poder Judicial.

Con todo, el vicepresidente comunitario ha negado que Bruselas esté recurriendo al «botón nuclear» y ha subrayado que sigue abierto al «diálogo 24 horas al día, siete días a la semana».

En la práctica, la decisión de la Comisión Europea de este miércoles supone un paso preliminar del artículo 7 del Tratado de la UE, por el que la institución se dirige al Consejo y al Parlamento Europeo para que hagan sus propias evaluaciones sobre el Estado de derecho en Polonia.

Si los 28 o la Eurocámara concluyen, al igual que lo ha hecho el Colegio de Comisarios, que existe una «amenaza grave» para el Estado de derecho en Polonia, Timmermans espera que también estas instituciones envíen nuevas recomendaciones a las autoridades polacas para revocar la situación.

Además, Timmermans ha asegurado que si las autoridades polacas dan marcha atrás en sus reformas y ponen en práctica las enmiendas que le pide Bruselas, entonces el Ejecutivo comunitario, de acuerdo al Consejo y la Eurocámara, podría «reconsiderar» la aplicación del Artículo 7.