Inicio México ¡8 Meses! Elección Nula e Incertidumbre a Tope

¡8 Meses! Elección Nula e Incertidumbre a Tope

Fuente: Cortesía

Con 32 Tribunales electorales locales, 5 Salas Regionales, 1 Sala Especializada y 1 Sala Superior, los contendientes de una elección en México parecen tener incrustada la idea de que todas estas instancias deben ser agotadas con el fin de buscar revertir un resultado que no les favorece. No hay nada de malo en ello. De hecho, es un derecho político-electoral —el pedir justicia— por parte de quienes aspiran a tener un cargo de elección popular.

Lo que sí es preocupante, materia de análisis y de crítica, es el tiempo que trascurre cuando candidatos y autoridades electorales transitan por cada una de estas instancias. Objeto de análisis porque existen vacíos legales que no colman el hecho de que, en algunas etapas del procedimiento, la ley no establece un tiempo específico para que las autoridades jurisdiccionales resuelvan. Pero, principalmente, es necesaria la crítica al modelo electoral actual porque entre más pase el tiempo para confirmar al verdadero triunfador de los comicios, mayor será la incertidumbre que perciba la ciudadanía, desencadenando otros aspectos negativos para nuestra democracia: apatía social, hartazgo o desafección política, entre otros. Este segundo aspecto es el que se busca discutir en este espacio.

En Nuevo León, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) llevaron al límite el tiempo para resolver quiénes serían los ganadores en los municipios de Monterrey, Guadalupe, Zuazua, Santiago y Ciénega de Flores. La población no tenía certeza de los verdaderos ganadores debido a los cambios de criterios emanados de las diferentes instancias, pero, sobre todo, por ser demasiado el tiempo trascurrido entre el 01 de julio, día de la elección, y el 30 de octubre, fecha en que la Sala Superior resolvió definitivamente.

Para ilustrar la problemática de esta relación tiempo-incertidumbre analicemos el caso de la elección en Monterrey. El 9 de julio el panista Felipe de Jesús Cantú recibió su constancia de mayoría. Sin embargo, el 17 de agosto, luego de promover un juicio de inconformidad, el Tribunal local de Nuevo León, dio la victoria al priista Adrián de la Garza. Posteriormente, la impugnación contra esta resolución local provocó que el 18 de octubre la Sala Regional del TEPJF determinara regresarle el triunfo a Felipe, pues estimó que el PRI no pudo comprobar sus acusaciones. Finalmente, el 30 de octubre la Sala Superior —la última instancia— resolvió declarar la nulidad de los comicios y ordenó organizar una elección extraordinaria —con todo lo que eso conlleva (impresión de boletas, registro, campañas, recursos, impugnaciones, sí, otra vez) —.

Derivado de la nulidad de esta elección, la Sala Superior del TEPJF determinó un plazo de 60 días para que la Comisión Estatal Electoral celebrara una nueva elección. Será el 16 de diciembre. Sin embargo, cualquier resultado será también nuevamente objeto de impugnación —hoy mismo ya se tiene la idea de que todo debe ser objeto de inconformidad—. Así, muy probablemente todo pasará nuevamente por los distintos órganos jurisdiccionales. Conservadoramente, podríamos hablar de sumar 2 meses más a nuestro cálculo.

Entonces, ¡serán casi 8 meses! Ese es el tiempo que trascurrirá para tener a un firme ganador en Monterrey.

Por un lado, es innegable que el tiempo para resolver se constituye como un factor preponderante para dar certeza, confianza y satisfacción al electorado. Por otro lado, no se debe castigar el hecho que los contendientes impugnen elecciones; aunque sí debe pensarse en un nuevo modelo electoral para garantizar procedimientos electorales sucintos.

Es cierto, no todos los problemas sociales se resuelven con reformas —algunos inclusive empeoran—. Sin embargo, los hechos vividos en las elecciones de Nuevo León, obligan a que pensemos diferente. Es necesario revisar acuciosamente los tiempos de cada etapa del procedimiento y pensar en lapsos específicos para que los órganos jurisdiccionales resuelvan brevemente. Tiempos más cortos conllevarán a una mayor certidumbre y confianza frente a quienes son proclamados vencedores. Inclusive, los conflictos post-electorales también podrían disminuir.

Existen ya algunos legisladores locales —como Luis Donaldo Colosio Riojas— quienes han levantado la mano para impulsar reformas con el fin de limitar el tiempo de las actuaciones de las autoridades electorales. Ojalá que pronto veamos resultados.

Debemos recordar que los tribunales federales fueron creados en 1996 para estabilizar la crisis de credibilidad electoral. Evitemos que la solución ahora se transforme en el problema.

El autor es profesor del Departamento de Derecho del ITESM, Campus Monterrey y miembro del Sistema Nacional de Investigadores del CONACYT.

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