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A 40 años del derecho a la información

EXPRESIÓN

El pasado 6 de diciembre el INAI y el INE realizamos el foro 40 Años del Reconocimiento del Derecho a la Información en México. El evento tuvo por objetivo analizar la evolución del ejercicio del derecho de acceso a la información pública (DAIP) en México.

El desarrollo de una cultura de transparencia y el ejercicio del (DAIP) son prácticas recientemente constituidas en nuestro país, ya que, en el marco de la reforma política de 1977, se modificó el artículo 6º constitucional para añadirle diez palabras: “el derecho a la información será garantizado por el Estado”. Sin embargo, no se tuvo una ley reglamentaria que lo regulara, por lo tanto, no fue efectivo.

La reglamentación ocurrió en los primeros años de la década del 2000 con la expedición de leyes en la materia y la institución de órganos garantes; sin embargo, el avance en la apertura de información sucedió de manera heterogénea. En 2002, se publicó la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y fue creado el primer ente público responsable de garantizar y hacer valer ese derecho.

Para el 2007, las 32 entidades federativas ya tenían una ley en materia de acceso a la información; sin embargo, en la práctica existían fallas para garantizar su acceso.

Para ello, buscando estandarizar los procedimientos para acceder a la información en el país, fue necesaria una nueva reforma constitucional al artículo sexto. Resultaba inaceptable la gran disparidad en el ejercicio y protección del derecho de un estado a otro. En 2007, se adicionaron siete fracciones para incluir una serie de principios básicos bajo los cuales debía ser garantizado este derecho. Sin embargo, al realizar una revisión exhaustiva de las leyes locales, se encontró que, a pesar de un proceso reformador a las leyes de transparencia, ello no implicó el cumplimiento a cabalidad de los parámetros constitucionales.

Por ejemplo, los plazos que se establecían para la respuesta a las solicitudes de información eran dispares desde 10 hasta 50 días hábiles. Además, la mayoría de los órganos garantes no evaluaban sistemáticamente con criterios específicos el cumplimiento de las leyes de transparencia. Únicamente 20 organismos garantes tenían autonomía legal o constitucional.

Finalmente, ese esfuerzo culmina con una reforma en 2014 que otorga autonomía para todos los órganos garantes de la transparencia y establece la expedición de leyes generales en la materia. Por otra parte, el INAI tiene competencia para conocer asuntos de los tres poderes y órganos autónomos del ámbito federal, con excepción de la SCJN.

Además, el INAI está facultado para atraer los asuntos relevantes de los estados y sus resoluciones son vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados y, además, puede interponer controversias constitucionales. Tampoco podrá reservarse la información cuando se trate de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, o cuando sea información relacionada con actos de corrupción.

Por otra parte, los partidos políticos son sujetos obligados directos, y también lo son las personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos como sindicatos, fundaciones, organizaciones civiles.

Otro elemento destacable de la reforma es la coordinación del INAI con la Auditoría Superior de la Federación, el Archivo General de la Nación, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y los organismos garantes de las entidades federativas, conformando el Sistema Nacional de Transparencia, órgano responsable de coordinar la política nacional y transversal en la materia.

En estos 40 años, el recorrido ha sido muy complejo. Estamos satisfechos de la generación de los soportes jurídicos que garantizan el pleno ejercicio del derecho de acceso a la información, pues quienes hemos tenido el privilegio de participar en el trabajo para consolidar estas instituciones, tenemos claro que la información pública y su acceso fácil y expedito se convierte en una herramienta fundamental para la democracia, pues permite empoderar al ciudadano y ejercer otros derechos para tomar mejores decisiones. Sin duda, la información contribuye a fortalecer la convivencia ciudadana y ejercer un control eficaz a los abusos y dispendios de los recursos públicos pagados por los propios ciudadanos.