Inicio México CDMX emite lineamientos para expropiar predios que ayuden a reconstruir la capital

CDMX emite lineamientos para expropiar predios que ayuden a reconstruir la capital

La Comisión para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México podrá promover expropiaciones en la capital, luego de la publicación de los lineamientos generales para la integración y tramitación de expedientes para expropiación en la Gaceta Oficial de la CDMX.

El documento publicado por la Consejería Jurídica establece que la Comisión para la Reconstrucción podrá promover acciones para lograr la expropiación de un predio a través de una solicitud que determine la procedencia de la expropiación y la utilidad pública ante la Secretaría de Gobierno.

La Comisión, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), presentará el asunto ante el Comité de Patrimonio Inmobiliario, y solicitará a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, adscrita a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (CEJUR), la elaboración y tramitación del decreto respectivo.

Para que el decreto sea elaborado y tramitado por la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, la Comisión deberá presentar expediente de expropiación.

El expediente de la expropiación deberá contener la determinación de utilidad pública emitida por la titular de la Secretaría de Gobierno de la CDMX; el acuerdo específico del Comité del Patrimonio Inmobiliario; la ubicación y superficie a expropiar; la cédula de inspección física y reporte fotográfico emitido por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario.

También contendrá el levantamiento topográfico del bien inmueble elaborado por la Seduvi y el certificado de libertad de gravámenes, expedido por el Registro Público de la Propiedad y Comercio (RPPyC).

El expediente comprenderá la constancia de antecedentes registrales proporcionado por el RPPyC; la acreditación de suficiencia presupuestal debidamente firmada por la autoridad que corresponda a efecto de garantizar el pago de la indemnización constitucional.

Solventado lo anterior, la Comisión remitirá el expediente técnico de expropiación a la CEJUR, a través de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.

Por lo anterior, se iniciará y substanciará el procedimiento de expropiación de conformidad con lo establecido en la Ley de Expropiación y demás normatividad aplicable.