Inicio México Corte invalida artículo de SLP que castigaba actos ‘agresivos’ contra funcionarios

Corte invalida artículo de SLP que castigaba actos ‘agresivos’ contra funcionarios

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un artículo del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, que establecía como delito los actos violentos o agresivos contra un servidor público.

Lo anterior al considerar que violaba la libertad de expresión y el derecho a la exacta aplicación de la ley, ya que las expresiones “violentos” y “agresivos” eran tan amplias que criminalizaban expresiones protegidas por la libertad de expresión.

El Pleno aclaró que los funcionarios públicos deben ser más tolerantes a la crítica, ya que por su actividad pública están expuestos a un control más riguroso de sus actividades y manifestaciones que aquellos particulares sin proyección pública alguna.

Señalaron que el tipo penal era muy amplio y dejaba tantas dudas respecto a qué constituían conductas “violentas” y “agresivas”, que generaba un efecto de intimidación en las personas que quisieran hacer críticas airadas o incisivas a los servidores públicos.

Por lo tanto, la Suprema Corte manifestó que si bien es necesario contar con mecanismos que protejan a los servidores públicos cuando estén en ejercicio de sus funciones, su establecimiento debe ser cuidadoso y preciso para que no se vulneren otros derechos.

La decisión se tomó al resolver la acción de inconstitucionalidad 147/2017, promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, demandando la invalidez del artículo 277 del Código Penal para dicha entidad, el cual fue reformado mediante Decreto publicado en el Periódico Oficial local el 17 de octubre de 2017.