Inicio México Corte niega ahora al IFT mantener sueldos superiores al de AMLO

Corte niega ahora al IFT mantener sueldos superiores al de AMLO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó la solicitud del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para suspender todas las disposiciones que prohíben fijar sueldos superiores al que percibe el presidente de la República, es decir, superior a los 108 mil pesos.

Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte, admitió a trámite la controversia constitucional que promovió el IFT para impugnar el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019.

Al menos 65 funcionarios del IFT tenían una remuneración superior a la del presidente, entre ellos, los comisionados que percibían 3.3 millones de pesos anuales, cuando el tope salarial es de 2.3 millones de pesos.

En el acuerdo Pérez Dayán estableció que la suspensión solicitada es improcedente, porque ésta es una medida provisional, cuya finalidad es preservar la materia del juicio.

Señaló que, debido a que el presupuesto ya entró en vigor, no se le pueden dar efectos restitutorios.

Detalló que, incluso, el presupuesto prevé que la remuneración del instituto la fijará el órgano o instancia correspondiente de éste, pero no podrá ser superior a la remuneración del presidente.

Por tanto, consideró que no puede operar como medida cautelar el que se mantengan las percepciones establecidas en el Presupuesto de Egresos 2018, pues sí existe un monto específico del que debe partir la determinación de las remuneraciones de los servidores públicos del IFT, hasta en tanto se resuelva el fondo del juicio.

El ministro negó también al IFT la suspensión consistente en que no se aplique cualquier disposición penal o administrativa que impida ejercer el presupuesto reconducido.

Dijo que ello no es procedente porque el ejercicio fiscal para 2019 no contiene disposiciones de esa naturaleza, ya que es el acto mediante el cual se asignan recursos federales a los programas y acciones de gobierno que se llevarán a cabo en un año fiscal.

En el caso del Banco de México, al que sí se le concedió la suspensión, debe precisarse que el organismo no depende del presupuesto, ya que dicho organismo genera sus propios recursos.