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Médicos en NL podrán negar servicio de salud si se contradicen sus ‘principios éticos o morales’

El Congreso de Nuevo León aprobó reformas a la Ley Estatal de Salud que incluyen la Objeción de Conciencia a prestadores de servicios de salud, lo que les permite no brindar su servicios cuando se contradigan sus principios éticos y morales.

«La objeción de conciencia es el derecho consistente en la negativa a realizar determinados actos o servicios derivados de una orden de autoridad o de una norma jurídica cuando estos contradicen los propios principios éticos o morales,» expuso la diputada María Guadalupe Rodríguez Martínez, quien presentó el dictamen.

La redacción final de la fracción IV que se adicionó la semana pasada al artículo 48 de la Ley Estatal de Salud, reforma que fue aprobada en el Congreso, quedó de la siguiente manera:

«IV.- el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud, podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la presentación de servicios que establece esta ley»
.

El Congreso de Nuevo León informó que entre las instancias que han adoptado la objeción de conciencia están la Comisión Interinstitucional de Enfermería que propuso e integró un Código de Ética para Enfermeras, en el que se toma en cuenta la objeción de su conciencia, además de la Ley de Libertad Religiosa Peruana y la Ley Estatal de Salud del Estado de Jalisco.

En la Ciudad de México también se reconoce el derecho de objeción de conciencia, mencionó la Diputada.