Inicio México Regulador ambiental autoriza refinería de Dos Bocas, pero impone condiciones

Regulador ambiental autoriza refinería de Dos Bocas, pero impone condiciones

La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) anunció este lunes su aprobación, aunque con condiciones, de la refinería de Dos Bocas, en Tabasco.

«Hoy ASEA ha expedido la autorización condicionada a favor de Petróleos Mexicanos (el REGULADO) del proyecto denominado ‘CONSTRUCCIÓN DE LA REFINERÍA DOS BOCAS’ (el PROYECTO), siguiendo un procedimiento apegado a derecho y asegurando el acceso a la información y la efectiva participación ciudadana», indicó la agencia en un comunicado publicado en su página web.

Agregó que son siete las condiciones que estableció para este proyecto:

1.- Considerando que el PROYECTO se construirá en sitios aledaños a donde existen humedales, se ha prohibido interrumpir o desviar cualquier cauce o flujo de escurrimientos (temporales o permanentes), drenes, arroyos, canales, o cualquier otro tipo de cuerpos de agua; asimismo, deberá mantenerse a salvo la integridad del flujo hidrológico de la zona remanente del manglar que se localiza en las orillas del río Seco, por lo que no podrá realizar ningún relleno, dejar bordos, ni construcción de infraestructura que pueda alterar o perturbar el libre flujo de agua o provoque la desecación de algún humedal.

2.- Se imponen acciones de reforestación en la Laguna de Mecoacán, mismas que deberán realizarse en coordinación con el Gobierno de Tabasco.

3.- ASEA ordena también la realización de acciones específicas para la protección de los remanentes de manglar que quedan en el cauce del rió Seco, por lo que Pemex deberá de realizar el monitoreo de tasas de cambio del manglar a través del Sistema de Monitoreo de los Manglares de México, identificando el estado y las tendencias de cambio (pérdida, deterioro o recuperación) de la cobertura del manglar.

En caso de presentar perdidas o deterioro de la cobertura vegetal, la petrolera deberá de identificar las acciones que están provocando dichas afectaciones y aplicar las medidas de mitigación y/o compensaciones necesarias para que dicha cobertura siga su tendencia de recuperación.

4.- Petróleos Mexicanos estará obligado a presentar un programa de monitoreo de calidad del agua superficial y subterránea durante la vida del proyecto.

Esto, para detectar desviaciones negativas y se lleven a cabo medidas de mitigación y corrección para atender dicha situación.

5.-La petrolera aplicará un programa de rescate y reubicación de flora con el fin de proteger la diversidad florística del área de la refinería, con el fin de mantener su abundancia, diversidad y conservar los servicios ambientales que presentan dentro del ecosistema.

6.- Además, deberá implementar un programa de ahuyentamiento, rescate y reubicación de la fauna.

7.- Pemex presentará ante la ASEA un programa de monitoreo a variables de vulnerabilidad al cambio climático, con el objeto de identificar zonas, instalaciones o equipos vulnerables a fenómenos hidrometeorológicos extremos y derivados del cambio climático, tales como inundaciones, huracanes, erosión costera e incremento del nivel del mar.