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Senado aprueba Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas

Por unanimidad, el Senado aprobó este martes el dictamen a la minuta que envió la Cámara de Diputados que expide la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.

El proyecto establece la creación del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas como un organismo descentralizado de la administración pública federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa.

El objetivo de ese organismo es definir, normar, diseñar, establecer, ejecutar, orientar, coordinar, promover, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para garantizar el ejercicio e implementación de los derechos de estas comunidades, así como su desarrollo integral, sostenible, fortaleciendo sus culturas e identidades.

El dictamen, que también abroga la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, precisa que el instituto reconoce a los pueblos y comunidades originarias y afromexicanas como sujetos de derecho público.

Entre sus atribuciones y funciones estará definir los lineamientos normativos que permitan conducir y orientar las políticas públicas; aprobar y participar en la formulación, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos que realicen las dependencias, garantizando la transversalidad institucional, la interculturalidad y la pertinencia económica, social, cultural, política, lingüística y de género.

Además, se crean los Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas en las comunidades, para promover y ejecutar las medidas pertinentes y necesarias para la defensa e implementación de los derechos, así como su desarrollo integral y sostenible.

El instituto participará con los lineamientos emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la formulación de proyectos de presupuesto consolidados para los pueblos indígenas; así como gestionar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar los recursos presupuestales para garantizar el reconocimiento e implementación de sus derechos y desarrollo integral, intercultural y sostenible.

La ley tiene entre sus objetivos garantizar el derecho a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, cada vez que el Ejecutivo Federal promueva reformas jurídicas y actos administrativos, susceptibles de afectarles.

El instituto será el órgano técnico en los procesos de consulta previa, libre e informada, cada vez que se prevean medidas legislativas y administrativas en el ámbito federal, susceptibles de afectar los derechos de los pueblos.