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Tribunal electoral ‘Bronco’

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que dé por cumplido el requisito de los apoyos para la candidatura de Jaime Rodríguez Calderón “El Bronco” y lo registre en la contienda presidencial.

La Sala Superior resolvió los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano 186 y 201 que presentó el gobernador con licencia de Nuevo León, en el que impugnó el dictamen del INE que estableció que no cumplió con las firmas requeridas, así como el acuerdo en el que se le negó el registro de su candidatura.

Con los votos en contra de los magistrados Janine Otálora Malassis, Reyes Rodríguez y Felipe de la Mata, los magistrados José Luis Vargas, Mónica Soto e Indalfer Infante respaldaron el proyecto presentado por Felipe Alfredo Fuentes Barrera, quien planteó que el INE no le otorgó a “El Bronco” la garantía de audiencia para revisar la totalidad de los apoyos inválidos.

En ese sentido, señaló que la autoridad electoral administrativa, de manera unilateral y sin justificar “fundada y motivadamente” por qué previamente determinó que los casos de los apoyos que eran subsansables y los que no.

Fuentes Barrera indicó que el aspirante independiente participó en 12 diligencias en las que pudo revisar 392 mil 501 firmas de las 810 mil 847 calificadas como inválidas y logró subsanar 48 mil 334 apoyos, por lo que sólo le faltaban 16 mil 656 para completarlos.

Por ello, planteó: “Adoptemos un criterio garantista por el cual se maximiza el derecho político a ser votado que se vio afectado, puesto que por el momento del proceso electoral en que nos encontramos el grado de afectación para tal prerrogativa sería irreparable, en tanto que el tiempo en radio y televisión a que tenga derecho el aspirante y demás prerrogativas no son restituibles”.

En el mismo sentido se expresó el magistrado José Luis Vargas, quien consideró que tomando en cuenta las irregularidades que se presentaron en el proceso de verificación de firmas, “es justo poderle dar la garantía para ejercer su derecho a ser votado”.

La magistrada presidenta del TEPJF, Janine Otálora Malassis, no respaldó la propuesta debido a que consideró que el INE no infringió la garantía de audiencia que le correspondía a Rodríguez Calderón.

Al fijar su postura sobre el asunto, cuestionó que al aprobar esta resolución, “en qué situación quedan aquellos aspirantes cuya determinación del INE de que no cumplieron con el porcentaje requerido fue confirmada. Estaríamos ante una situación de dos maneras de juzgar”.

No obstante, la presidenta de la Sala Superior consideró que el INE sí fue imprudente al momento en que los integrantes de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE ofrecieron una conferencia de prensa, el 16 de marzo, antes de haber concluido el proceso de revisión de firmas, en la que señalaron la simulación de credenciales de elector.

“Sería deseable que funcionarios electorales guarden prudencia y discreción para que la información que proporcionen a los medios no incluyan juicios de valor, sin que antes se haya resuelto un asunto de manera definitiva. Si bien la transparencia es esencial, no puede implicar trato ligero o poco cuidadoso de la información que sirve de base para la toma de decisiones”, manifestó.