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Permiso de conducir: ¿cuántos tipos existen y para qué sirven?

permiso de conducir

Conducir un vehículo a motor requiere una autorización administrativa, del permiso de conducir. En España, existen bastantes tipos de permisos de conducción, cada uno con sus propios requisitos, y con sus propias posibilidades a la hora de conducir vehículos muy diferentes. Tenemos tanto carné civil como también carné militar, entre otros especiales.

Para sacarse cualquiera, se deben reunir una serie de requisitos, que incluyen superar pruebas psicofísicas, adquirir conocimientos teóricos y demostrar habilidades prácticas. Aquí podrás conocer un poco más de todos los posibles…

Tipos de permiso de conducir civil en España

Nikola camión

Según la DGT, en España pueden existir varios tipos de permiso de conducir que tienes que conocer:

Algunos casos especiales necesitarán también de licencias especiales o acreditaciones extra, como el caso de las ambulancias, taxis, autobuses, etc. Por ejemplo, para una ambulancia, se necesita además de la licencia para el tipo de vehículo, un Certificado de Profesionalidad de Técnico en Transporte y Emergencias Sanitarias.

  • Licencias tipo A:
    • AM: permite a los conductores de 15 años o más pilotar ciclomotores y cuadriciclos ligeros con un motor de hasta 50 cc (o 4 kW si es eléctrico) y una velocidad máxima de 45 km/h.
    • A1: los conductores de 16 años o más pueden operar motocicletas de hasta 125cc con una potencia de hasta 11 kW (aproximadamente 15 CV).
    • A2: introducido en diciembre de 2009, este permiso permite a los conductores de 18 años o más conducir de forma legal motocicletas de hasta 35 kW (aproximadamente 47 CV).
    • A: este permiso permite a los conductores de 20 años o más, que han tenido el permiso A2 durante al menos dos años, y permite usar cualquier tipo de motocicleta o triciclo motorizado, independientemente de su potencia o cilindrada. Eso sí, para los triciclos, la edad mínima es de 21 años.
  • Licencias tipo B:
    • B: para automóviles con un peso máximo de 3.500 kg y hasta nueve ocupantes, incluido el conductor. También se podría llevar un conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor que se autoriza a conducir con la clase B y un remolque de hasta 750 kg, siempre que el peso total no supere los 4.250 kg. Se incluye también triciclos y cuatriciclos de motor con hasta 125cc o 11kW con una experiencia mínima de 3 años con este permiso. La edad mínima en este caso es de 18 años, por lo que con este permiso, en caso de llevar una moto, no se podría hacer hasta mínimo los 21 años, cumpliendo así los 3 de experiencia. Por otro lado, a partir de 2024, los que quieran conducir una moto de 125cc con este permiso tendrán que pasar también un curso obligatorio.
    • B+E: se trata de un permiso de conducir para vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor y un remolque o semirremolque con masa máxima de 3500 kg, como por ejemplo camiones. La edad mínima para obtenerlo es también de 18 años.
    • B1: este nuevo permiso, presentado en junio de 2022 y probablemente aprobado en 2024, permite a los jóvenes de más de 16 años conducir cuadriciclos de motor. Estos vehículos pueden alcanzar velocidades superiores a 45 km/h y hasta ahora sólo podían ser conducidos con el permiso B. Los vehículos de la categoría L7e, que pueden conducirse con este permiso, son cuadriciclos y triciclos de hasta 400 kg (550 kg para vehículos de transporte de mercancías), excluyendo la masa de las baterías para los vehículos eléctricos, con una potencia igual o inferior a 15 kW (20 CV) y una velocidad máxima de 90 km/h. Pueden circular tanto en autopista como en autovía.
    • B96: esta ampliación del permiso B permite a los conductores manejar vehículos de hasta 3.500 kg de Masa Máxima Autorizada (MMA). Dependiendo de la MMA del remolque que se quiera arrastrar, se necesitará el permiso B (para remolques ligeros con una MMA inferior a 750 kg), la extensión B96 (para remolques pesados con una MMA superior a 750 kg y un peso conjunto con el vehículo tractor que no supere los 4.250 kg), o el permiso B+E (para arrastrar un remolque pesado con un peso conjunto superior a 4.250 kg). Para obtener la extensión B96, es necesario superar una serie de pruebas prácticas, pero no un examen teórico. Los remolques pesados deben tener su propia matrícula, estar asegurados y pasar su ITV correspondiente. El coste de la extensión B96 varía en función de la autoescuela, la región y el número de prácticas realizadas.
  • Licencias tipo C:
    • C1: se pueden llevar vehículos cuya masa exceda de 3.500 kg y no sobrepase los 7.500 kg. El vehículo debe tener un máximo de 9 ocupantes, incluido el conductor. Previamente debes tener permiso B y 18 años para obtenerlo.
    • C: sirve para llevar vehículos con una masa máxima autorizada superior a los 3.500 kg. Al igual que el C1, también se necesita tener el carnet B y, en este caso, se requiere un mínimo de 21 años cumplidos.
    • C1+E: para conducir conjuntos de vehículos acoplados con un vehículo tractor que el permiso de la clase C1 o B permite conducir y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg o 3.500 kg respectivamente, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 12.000 kg. La edad mínima para obtenerlo es de 18 años y requiere superar un examen en pista específico.
    • C+E: autoriza a conducir conjuntos de vehículos acoplados con un vehículo tractor que el permiso de la clase C permite conducir y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. La edad mínima para obtenerlo es de 21 años, aunque se puede obtener a los 18 años si se posee el certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria. También requiere superar un examen en pista específico.
  • Licencias tipo D:
    • D1: permite conducir vehículos destinados al transporte de personas con un máximo de 16 pasajeros, además del conductor, y que no superen los 8 metros de longitud. Para obtener este permiso, se debe tener al menos 21 años.
    • D: permite conducir vehículos destinados al transporte de más de ocho pasajeros, además del conductor. La edad mínima para obtener este permiso es de 24 años.
    • D+E: este permiso permite conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. La edad mínima para obtenerlo es de 21 años, aunque se puede obtener a los 18 años si se posee el certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria. También requiere superar un examen en pista específico.
    • D1+E: permite conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D1 y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. La edad mínima para obtenerlo es de 21 años, aunque se puede obtener a los 18 años si se posee el certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria. También requiere superar un examen en pista específico.
  • Otras licencias:
    • LCM: permite conducir vehículos para personas de movilidad reducida, con una vigencia de 10 años hasta los 65 años, y luego se renueva cada 5 años. La edad mínima para obtenerla es de 14 años.
    • LVA: para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos, con una vigencia de 10 años hasta los 65 años, y luego se renueva cada 5 años. La edad mínima para obtenerla es de 16 años.
    • Autorización ADR: es necesaria para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas. Es una autorización complementaria a los permisos B, C, C1, D y D1. Su vigencia se renueva cada cinco años hasta los 65 años, y luego cada tres años.
    • Permiso Internacional: es necesario para conducir fuera de la UE y del EEE. Es una autorización complementaria que debe ir acompañada del permiso español en vigor. Su validez es de un año.

Además, la Unión Europea está considerando permitir que los menores de 17 años puedan conducir un coche después de aprobar las pruebas pertinentes, siempre que estén acompañados por un adulto de 24 años o más con cinco años de experiencia de conducción. Mientras sean menores, no podrán consumir alcohol al volante. Una vez que cumplen los 18 años, se les establece un límite de 0,15 mg/l de alcohol en aire espirado. Deberán llevar la ‘L’, que señala a los conductores noveles, durante dos años. Empezarán teniendo ocho puntos del permiso durante dos años, momento en el que pasarán a tener 12 puntos.

Casos especiales

En España, los vehículos no motorizados como las bicicletas, patinetes, etc., no requieren una licencia para ser conducidos. Sin embargo, hay algunas excepciones y consideraciones:

  • Bicicletas eléctricas: las bicicletas eléctricas que cumplen ciertos requisitos pueden necesitar ser homologadas para ser legales en España.
  • Coches sin carnet: estos son vehículos de pequeño tamaño que no pueden superar ciertas velocidades. Para conducir estos vehículos, se necesita el permiso de clase AM, que es el mismo que habilita para conducir ciclomotores.
  • Vehículos de movilidad personal (VMP): como los patinetes eléctricos, no requieren una licencia para ser conducidos, pero deben cumplir con ciertas normativas de tráfico y seguridad.

Es importante recordar que aunque no se necesite una licencia para conducir estos vehículos, se deben seguir las normas de tráfico y seguridad vial. Además, en algunas ciudades pueden existir normativas locales adicionales que regulen el uso de estos vehículos.

Tipos de permiso de conducir militar

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Para vehículos militares también existen permisos de conducir especiales, algunos de ellos los tienen la Policía Nacional o la Guardia Civil, otros son exclusivos para el ejercito, como los de tanques, tanquetas, y otros tipos de vehículos pesados de combate. Los requisitos incluyen tener la edad mínima requerida, residencia en España, no estar privado del derecho a conducir, reunir las aptitudes psicofísicas requeridas, y que el permiso a canjear esté en vigor y haya sido expedido por una entidad autorizada. Se necesita documentación específica y el pago de tasas. La tramitación puede ser gestionada por terceros para ahorrar tiempo y dinero.

Muchos se computan si se tiene el permiso de conducir civil. Por ejemplo, podemos tener el AM, A1, A2, A, para motos que se tendrán que ir renovando con fecha de caducidad cada cierto tiempo para hacer uso de estos vehículos dentro de estos grupos especiales. También están los del grupo B, C o D para coches, camiones, autobuses, etc., de uso militar. Aunque también hay algunos especiales como los F, para vehículos como tanques y tanquetas.

Otros vehículos como los cazas, helicópteros, aviones, fragatas, portaaviones, etc., también se necesitará una formación especial en una academia, además de unos requisitos muy rigurosos…

Navegación

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Por otro lado, según la legislación en España, también se necesitan varios tipos de licencias de navegación para poder llevar este tipo de embarcaciones por los mares y canales navegables, como las de la Dirección General de la Marina Mercante o con una escuela náutica:

  • Licencia de cavegación (conocida coloquialmente como “titulín”): permite gobernar embarcaciones de hasta 6 metros de eslora, alejarse de la costa hasta 2 millas náuticas, navegar únicamente de día y conducir motos de agua.
  • Patrón de Navegación Básica (PNB): permite gobernar barcos de hasta 8 metros y alejarse hasta 5 millas náuticas de la costa. Permite la navegación diurna y nocturna.
  • Patrón de yate: Este título te permite navegar en barcos de hasta 24 metros de eslora, con un límite geográfico de 150 millas, de día y de noche.
  • Capitán de yate: Este es el título náutico más alto y te permite navegar sin límites de eslora ni de distancia a la costa.

Para conducir grandes buques de carga, cruceros, petroleros, etc., en España, se requieren licencias especiales que van más allá de las licencias básicas para embarcaciones de recreo. Por ejemplo, para los buques de gran tamaño, como los buques de carga y los petroleros, se requiere una formación y certificación adicional que generalmente se obtiene a través de una academia naval o marítima. Estos programas de formación suelen incluir cursos sobre navegación, seguridad marítima, primeros auxilios, lucha contra incendios y supervivencia en el mar.

Además, para trabajar en buques mercantes o de pasajeros, es posible que también se necesite un Certificado de Competencia (CoC), que es un título profesional emitido por la Autoridad Marítima del país de origen del marinero. Este certificado acredita que el titular tiene la formación y la experiencia necesarias para desempeñar un determinado puesto a bordo de un buque. Es importante mencionar que cada tipo de buque puede requerir una certificación específica, dependiendo de su tamaño, su propósito y las regulaciones internacionales de seguridad marítima.

¿Y aviación?

avión

Por último, si lo que quieres es pilotar por el cielo, en España también existen una serie de licencias para las aeronaves, como:

  • Licencia de Piloto de Aviación Ligera (LAPL): permite pilotar aviones ligeros recreativos de un peso máximo determinado.
  • Licencia de Piloto Privado de Avión (PPL): permite volar aeronaves no destinadas a la explotación comercial, es decir, sin ánimo de lucro.
  • Licencia de Piloto Comercial (CPL): permite volar en vuelos comerciales.
  • Licencia de Piloto de Transporte de Línea Aérea (ATPL): permite volar en aviones grandes y es el más alto nivel de licencia.

Para otros vehículos aéreos, como los helicópteros, también tenemos:

  • Licencia de Piloto Privado de Helicóptero (PPLH): Esta licencia te permite pilotar un helicóptero o hacer de copiloto siempre que no cobres por ello. Es decir, no puedes dedicarte profesionalmente con esta licencia. Para obtenerla, necesitas tener un mínimo de 17 años cumplidos para poder acceder al examen final (se concedería la licencia una vez cumplidos los 18 años) y obtener un certificado médico tipo II.
  • Licencia de Piloto Comercial de Helicóptero (CPLH): Esta licencia te permite transportar pasajeros y ejercer la profesión de piloto cobrando por ello. Para obtenerla, necesitas tener un mínimo de 18 años y un certificado médico tipo I.
  • Licencia de Piloto de Transporte de Línea Aérea (ATPLH): Esta es la licencia más avanzada y te permite volar en helicópteros de gran tamaño y realizar vuelos comerciales. Para obtenerla, necesitas obtener primero la licencia CPLH y cumplir con una formación teórica de 614 horas, un mínimo de 113,5 horas de vuelo real y, al menos, cumplimentar 25 horas de vuelo y 10 horas de simulador.

Cada una de estas licencias requiere un nivel diferente de experiencia y entrenamiento. Para obtener cualquiera de estas licencias, generalmente se necesita ser mayor de edad, tener un examen médico, haber completado un curso de navegación y seguridad, además de adquirir horas de práctica en simuladores.

Más información – DGT