Inicio Venezuela AN aprobó Ley sobre Régimen de Pensiones por Vejez no contributivo

AN aprobó Ley sobre Régimen de Pensiones por Vejez no contributivo

Este proyecto fue presentado por el diputado Arnoldo Benítez (Unidad/Aragua), quien destacó que desde hace 19 años se plasmó en el artículo 86 de la Constitución la obligación de otorgar seguridad social a todas las personas que dieron su vida por el país, sin embargo hoy no se ven beneficiados.

Agregó el parlamentario que la AN aprobó una ley orgánica en el 2012, está vigente, pero no ha sido ejecutada. Esta contempla beneficios como atención institucional a los adultos mayores en el sentido de que se les garantice alojamiento, vestido, cuidados médicos y alimentos.

Explicó que dicha ley tiene 22 artículos y estipula que los adultos mayores que no tienen capacidad contributiva gocen de protección integral, tengan beneficios, atención mínima, dotación de medicamentos y alimentos.

Benítez pidió a los diputados que este programa sea explicado en sus regiones para que la gente conozca su contenido.

Esta ley tiene por objeto crear y regular el Régimen Especial de Pensiones por Vejez de carácter no contributivo directo, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social.

También estipula la norma que el Estado está en la obligación de proteger la vejez o ancianidad el cual es un estadio natural de la vida de los seres humanos que amerita atención integral especial.

Para la seguridad social es muy importante la situación en la que llegan las personas a la edad anciana, por cuanto constituyen un grupo vulnerable que requiere atención prioritaria.

Esta norma prevé ampliar la cobertura pensional en Venezuela en el marco de la Constitución y la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS) y del artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, mediante la creación de un régimen de pensiones por vejez de carácter no contributivo que haga efectivo el derecho a la Seguridad Social, bajo el amparo del Derecho Social y la Justicia Social. NP

EA